SENTENCIA PRIMERA INSTANCIA ACCION DE PROTECCION RIO AQUEPI.pdf

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Defensa del Rio Aquepi, el TIgo. Edmundo Freire, el Sr. Javier Eduardo López, Econ. Jenny Meneses, Dr. Guillermo Monteros, y Ing.
Karina Bustos, dirigido al Señor Luis Felipe Buenaño, en la cual establece que por considerar un acto atentatorio en contra de una
población que mira con preocupación el desvío de agua para otro sector que no es el nuestro, y porque intentan hacer caso
omiso a las opiniones de nuestra población, nos oponemos a la ejecución de este proyecto que atenta contra la naturaleza,
contra el sector turístico del sector y contra la vida de los habitantes de varios sectores de Julio Moreno quienes se quedan
expuestos a las enfermedades a falta de agua para cubrir sus necesidades. 28. El escrito, de fecha 22 de mayo de 2018, suscrito
por el Sr. Edmundo Freire, de la Junta de Agua Potable y Saneamiento de Julio Moreno, Econ. Jenny Meneses Moradora del
Sector, Lcda. Fany Realpe, Moradora del Sector, Ing. Karina Bustos Moradora del Sector, Dr. Guillermo Montero Morador del
Sector, dirigido al Ingeniero Rodrigo Naranjo, Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano SENAGUA Santo
Domingo, en la cual se solicita que se declare la caducidad de la resolución mediante la cual se entregan 400 litros de agua para
riego. Que se ordene la toma de nuevas muestras en época de estiaje, esto es, en el mes de Noviembre y Diciembre del año en
curso para verificar su caudal real. Que se suspenda la licitación y construcción hasta que se obtengan los nuevos valores
hídricos. Se adjuntan firmas de respaldo de pobladores del sector. 29. El Oficio N° GADPSDT-SDP-2018-411, de fecha 30 de julio
de 2018, suscrito por el Ing. Geovanny Benítez Calva, Prefecto de la Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, dirigido para el
Ingeniero Rodrigo Naranjo, Responsable del Centro de Atención al Ciudadano- SENAGUA SD, en la cual solicita que realice las
mediciones de caudales en e! río Aquepí y remita al GAD Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas, el cronograma para el
desarrollo de ésta actividad, con el objeto de ser partícipes de la misma. 30. El Memorando Nro. SENAGUA-SDHE.13-2018-0585M, de fecha 19 de octubre de 2018, suscrito por el Ing. José Hilario Morocho Morocho, Subsecretario de la Demarcación
Hidrográfica de Esmeraldas, dirigido al Sr. Ing. Rodrigo Salomón Naranjo Pico, Responsable del Centro de Atención al CiudadanoSanto Domingo. en la cual establece que en respuesta al Memorando Nro. SENAGUA- CACSD.13.03-2018-0135-M, de fecha 2 de
agosto de 2018, le comunico que el día de ayer 16 de octubre de 2018, el Ing. Galo Moscoso realizó los aforos solicitados, cabe
mencionar que el resultado es puntual y en plena época de estiaje, por lo que se recomienda realizar una campaña de aforos
para determinar su caudal promedio en diferentes épocas del año. 31. El Oficio Nro. SENAGUA- CACSD.13.03-2018-0100-0, de
fecha 15 de noviembre de 2018, suscrito por el Ing. Rodrigo Salomón Naranjo Pico, Responsable del Centro de Atención al
Ciudadano- Santo Domingo, dirigido para el Coordinador Veeduría Ciudadana José Emilio Guillermo Monteros Palacios, en la cual
establece que en respuesta al oficio Nro. VCR-02-2018 del 14 de noviembre del 2018, mediante el cual la Coordinación de
Veeduría Ciudadana solicita copias certificadas de los informes técnicos relacionados con los volúmenes de agua en el río
Aquepi, de los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de los años 2015,2016,2017 y 2018, se adjunta en total 12
fojas. 32. El Escrito, de fecha 30 de mayo del 2019, suscrito por la Lcda. Fanny Realpe Representante Grupo PRO-DEFENSA del
Río Aquepi, dirigido al Licenciado Luis Felipe Buenaño del Consejo de Participación Ciudadana, en la cual establece que mediante
el presente hemos querido expresarle con detalle de causa nuestro sentir con los motivos de queja y oposición a esta decisión
que beneficia a pocos finqueros perjudicados a más de 400 familias del sector. Para respaldo se adjuntó firmas de la comunidad.
33. El escrito de fecha 12 de agosto de 2019, suscrito por Sr. Jovino Quito Castillo, Presidente Comisión Pro- Defensa del Río
Aquepí, la Sra. Patricia Elizabeth Morales Ruiz Vicepresidenta Comisión Pro-Defensa del Río Aquepí, el Sr. Omar Santiago Ortiz
Navas Secretario Comisión Pro-Defensa del Río Aquepí, y el Abogado Elvis Larcos Verdezoto, dirigido para el Doctor Humberto
Cholango, en la cual solicita que se declare la Caducidad de la Resolución de SENAGUA dictada con fecha de 21 de octubre de
2015 dentro de la causa N° 684-2015 en la que se autoriza el Derecho de Aprovechamiento de Aguas a favor del GOBIERNO
AUTONOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS, en un caudal requerido de 400l/ s
procedentes del Rio Aquepi. 34. Informe del aforo liquido del rio Aquepi. Realizado el miércoles 04 de septiembre de 2019, en los
dos ramales, determinando que el primer ramal tiene un caudal medio de 202,67 1/s, mientras que el segundo ramal 82,19 1/s,
dando un total de 284,86 I/s. 35. Memorando Nro. SENAGUA-SDHE-13-2019-0565-M de 18 de Septiembre de 2019, por el que el
Secretario de la Demarcación hidrográfica de Esmeraldas, Ing. José Hilario Morocho Morocho, da contestación al expediente
Nro. 684-2015, notificando el Memorando Nro. SENAGUA- SDHE-13-2019-0548- M de 13 de Septiembre de 2019, mismo que
manifiesta principalmente: "no es procedente el pedido de caducidad", y que "La Subsecretaría Demarcación hidrográfica
Esmeraldas, ha realizado las siguientes mediciones: Aforo Nro. 1 (16-10-2018) 186.95 I/s; Aforo Nro. 2 (12-07-2019) 286.55 l/s; y
Aforo Nro. 3 (04-09-2019) 284.86 1/s..". CUARTA.- FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL: La acción de protección es una de
las garantías jurisdiccionales que establece la Constitución y que se encuentra desarrollada en la Ley de Garantías
Jurisdiccionales y Control Constitucional. Esta acción tiene por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en
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