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Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad para trabajadores y
trabajadoras de Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo
como asesor, sin derecho a voto.
o. Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo: conjunto de elementos que integran la
prevención de riesgos, a fin de garantizar la protección de la salud y la seguridad de todas las y los
trabajadores (artículo 8, DS 76, Ley 16.744).
p. Normas de Seguridad: Cualquier norma referida a la protección de la vida y salud de los trabajadores y
trabajadoras, contenida en este Reglamento o en otros documentos, políticas, instrucciones o circulares
impartidas por Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo y/o sus representantes, actuales o futuras.
q. Normas Técnicas: Es el conjunto de reglas que establecen el marco general de actuación en materia
de Seguridad y Salud, y es de donde emanan los procedimientos, Instructivos Técnicos y obligaciones
de seguridad y salud de este Reglamento, de las instrucciones directas de Fundación de Beneficencia
Hogar de Cristo del Departamento de Prevención de Riesgos, del Comité Paritario y el Organismo
Administrador del Seguro, que señalan la forma o manera de ejecutar un trabajo en forma segura y sin
riesgo para el trabajador(a).
r. Investigación de Accidentes: Procedimiento cuyo objeto es determinar las causas básicas que
originaron un Accidente de Trabajo, con el objeto de evitar que ocurran nuevos Accidentes de Trabajo
por la misma causa.
Artículo 286: En todos sus Establecimientos, Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo mantendrá el número
suficiente de asientos o sillas a disposición de las y los trabajadores.
Artículo 287: Serán responsables de la seguridad en el trabajo:
s. Los mandos superiores como Directores (as), Subgerentes(as), Subdirector(as) de Operación Social
Territorial, Jefe(a) de Operación Social Territorial, Jefe(a) de Personas Zonal, Jefe(a) de Unidad, quienes
proporcionarán los medios y los mecanismos para el cumplimiento de la seguridad de su área, tanto de
las y los trabajadores como de las obligaciones que le corresponda a Fundación de Beneficencia Hogar
de Cristo sobre la materia.
t. Las y los Jefes de Unidad, quienes establecerán los programas de seguridad de las áreas bajo su
responsabilidad, de la planificación de los trabajos y además deberán velar porque los trabajos se
efectúen con la mayor seguridad, debiendo ejercer control sobre sus trabajadores(as) y el área a su
cargo.
Artículo 288: Las y los Trabajadores en general, quienes deberán cumplir con las Políticas, Reglamentos,
Normas Técnicas y de Seguridad y procedimientos relacionados con la seguridad para hacer su trabajo en
forma segura y colaborar con la detección de Condiciones o Acciones Inseguras.
Artículo 289: El Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente, quien deberá asesorar, normar
y controlar los aspectos de seguridad y salud, a los Comités Paritarios, Grupos de Prevención de Riesgos,
Supervisores(as) y trabajadores(as) en general.
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