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Soncillo, un nombre y una historia
3. R E A L E S O R D E N A N Z A S D E
MONTES
El 31 de enero de 1748 se publica una Real Ordenanza que afecta
muy especialmente a los montes de Valdebezana de cuyos árboles se surtía
la Marina real. Se establece que haya celadores en los distintos pueblos que
cuiden y vigilen sobre la conservación y aumento de los árboles, celando
que no se hagan individuas catas, talas, incendios, que no entre ganado
cabrío en los montes en que hubiere robles y hayas…
Con el fin de que dichas Ordenanzas se cumplan, Manuel Jiménez de Carmona
da las Instrucciones que han de observar los Regidores y celadores del Valle de
Valdebezana.
Prevenciones que se han de tener:
Montes de Coterio y Mazarral propios del común de vecinos del lugar de
Montoto, en el nominado Los Mañales del lugar de Virtus, en el nominado Cuesta,
Hoya y Monte propios del lugar de Castrillo, y los nombrados Tremedal, Tesias (¿…)
propios del lugar de Villabáscones):
Está mandado hacer entresaco por estar muy espesos los árboles. El celador de
árboles de cada pueblo celará se ejecuten todos los años en los montes de su cargo, y
como está mandado, cortándose los más inútiles y sacando las raíces, dejando a
distancia de 8 a 10 varas los robles y hayas más robustos y sanos, escandelándolos y
limpiándolos, sacando las leñas del monte para que puedan desembarazar.
Montes nombrados Enderio, propios de Montoto y común con Quintanaentello,
en el sitio que padeció incendio está mandado se pongan a mano dos fanegas de
bellotas de la mejor calidad de robles todos los años, a fanega por daca pueblo, con
prohibición de que entren ganado cabrío y vacuno; el de cerda sólo entrará desde San
Miguel hasta Navidad.
En el monte nominado Hoyuela y Somaido propios del lugar de Virtus y Villa
Silleruelo está mandado hacer el mismo plantío y con la misma prohibición de entrada
de ganado cabrío y vacuno.
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