la parroquia de soncillo.pdf

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A todos los arriba contenidos yo el dicho cura doy fe que se les
administró el sagrado sacramento de la penitencia por mí y otros
sacerdotes por virtud de la vuestra y de mi licencia, lo cual me consta por
firmadas de los tales confesores y así también digo que todos recibieron en
la iglesia de esta villa como parroquianos de ella, santo sacramento de la
Eucaristía, como eran obligados y por bondad, lo firmo de mi nombre,
fecha a dos días del mes de abril del año arriba dicho.
A los siguientes, digo que no se los administró el sacramento de la
penitencia faltándoles edad y discreción para poder comulgar. (Se está
refiriendo a los niños).
Sebastián y Juan, hijos de María Fernández, viuda.
Pedro hijo de Juan Fernández de la Fuente.
Jerónimo y Pedro, hijos de Juan Ruiz.
Francisco y Juan, hijos de Francisco López.
Juan, hijo de Juan Ibáñez.
Sebastián, hijo de Juan Sáiz.
Francisco, hijo de María González, viuda.
Marina, hija de Diego Sáiz.
Domingo, Catalina y Juan, hijos de María Sáiz.
Catalina, hija de Juan Díez.
Catalina, hija de Isabel.
Casilda, hija de Martín Ibáñez y su hijo Francisco.
Diego y Juan, hijos de Julio de Arriba.
Juan, hijo de Pedro.
Por verdad lo firmo, fecha año supr. García Díez, cura, firmado"
El censo de la parroquia. ¿Era algo irrespetuoso?
El censo de la parroquia en el año indicado asciende a 94 feligreses. Se
entiende de las personas que por su edad están obligadas a cumplir con sus
deberes cristianos.
Considero oportuno apostillar a esta acta una pregunta ya que al reflejar
la vida privada y cristiana de sus feligreses alguien pudiera pensar de un
ejercicio atrevido y exagerado en la vida personal y muy particular de la
persona concreta. ¿Es irrespetuoso entrometerse en la intimidad espiritual
de las personas manifestando sus nombres? Digo esto al hilo de unas
declaraciones, que no hace muchos días, por motivos diferentes, ante un
caso similar, alguien lo criticaba con dureza, acusando a la iglesia de una
intromisión en su vida privada. Sorprende esta valoración, como mínimo,
por ser tendenciosa. ¿Es que la condición de cristiano avalada por unas
obras, obliga a andar a hurtadillas, ocultando lo que uno es y siente? Pues
no. Máxime si no ha habido prohibición del interesado.
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