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Seguro de Grupo 90.041

• Hospitalización, serán elegibles aquellas personas que, formando parte del
grupo asegurado, en la fecha de siniestro, no estén activamente trabajando.
• Disfrutarán de la cobertura de Desempleo, aquellas personas que, formando
parte del grupo asegurado, en la fecha de siniestro reúnan las siguientes
condiciones: ser trabajador por cuenta ajena con un contrato indefinido (se
excluyen los contratos fijos discontinuos) de al menos doce (12) meses
consecutivos de prestación efectiva de servicios para el mismo empleador
y una jornada laboral mínima de treinta (30) horas semanales siempre y
cuando la situación de desempleo haya sido motivada por extinción, o
suspensión o reducción total de su relación laboral producidas como
resultado de un procedimiento de regulación de empleo, extinción de su
relación laboral motivada por un acta de conciliación administrativa o por
causas objetivas sin intervención de la jurisdicción de lo social, extinción de
la relación laboral por causa de despido que se acredite por el escrito
empresarial comunicando cese al trabajador y que no haya sido impugnada
por éste, extinción de la relación laboral por conciliación o por sentencia de
despido improcedente con intervención de la jurisdicción de lo social,
muerte, jubilación o incapacidad de su empresario individual o por
resolución voluntaria por parte del Tomador/Asegurado ante las situaciones
previstas en los artículos, 47, 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores v o la
norma que lo sustituya. Además, deberá estar registrado en el Servicio
Público de Empleo Estatal (SEPE), como totalmente desempleado y
buscando activamente un nuevo trabajo y estar recibiendo prestación
pública contributiva por desempleo del SEPE, y únicamente mientras dure
dicha situación.

Pago de Indemnizaciones: La tramitación de los siniestros se efectuará por MetLife,
previa comunicación y presentación de los documentos citados en las Condicionas
Especiales.

Periodo de Franquicia Retroactivo: Se establece que, para que nazca el derecho al
cobro de la indemnización, será necesario que transcurran:
-

-

siete (7) días naturales consecutivos para la cobertura de Hospitalización,
treinta (30) días naturales consecutivos para la cobertura de Incapacidad
Temporal
treinta (30) días naturales consecutivos para la cobertura de Desempleo,
(contados a partir del momento en que el Tomador/Asegurado tenga
derecho a percibir prestación pública por desempleo del Servicio Estatal
Público de Empleo -SEPE-).

El Promotor

MetLife

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