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Sábado 28 de diciembre de 2019
DIARIO OFICIAL
(Tercera Sección)
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Información adicional
•
Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el Apartado 3 “Información de la Declaración en que se compensó” de la
forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la fracción V de la regla 2.8.5.1. de la RMF en el que se
manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
•
Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada en archivo con formato zip.
Fundamento jurídico
Art. 17-D, 23, primer párrafo CFF; Reglas 2.3.10., 2.3.11. RMF.
TABLAS
Tabla 36.1. Aviso de compensación de saldos a favor de IDE Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
No
Documentación
1
FED, formato electrónico F3241.
2
Anexo 11 de las formas oficiales 32 y 41 “Determinación del IDE sujeto a devolución de contribuyentes que no
consolidan”.
3
Anexo 11-A de las formas oficiales 32 y 41 “Hoja de trabajo para la integración del impuesto a los depósitos en
efectivo de los contribuyentes que no consolidan”.
4
Original o copia certificada del Escritura constitutiva o poder notarial que acredite la personalidad del representante
legal que promueve.
5
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá
adjuntar original o copia certificada del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la
personalidad del firmante de la promoción.
6
Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo, de el/la
contribuyente o de el/la representante legal.
7
Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste los acreditamientos efectuados.
8
Tratándose de remanentes presentará el aviso de compensación con los datos que el propio formato solicita.
Constancia de recaudación del IDE.
9
10
En los casos de avisos complementarios por errores manifestados en el propio formato, o como consecuencia de
modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la
aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los
documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando
éstos hayan sufrido alguna modificación.
Tratándose de Avisos de Compensación de saldos remanentes, se deberá presentar aviso anterior o acuse del
caso anterior donde se refleje el saldo remanente.
Tabla 36.2. Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para avisos de compensación de saldos a favor de
IDE
No
Documentación
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o
éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
2
Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por
la autoridad.
3
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos,
estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
4
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, certificación de
residencia fiscal, o bien, de la certificación de la presentación de la declaración del último ejercicio del ISR y, en
su caso, escrito de aclaración cuando apliquen beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en
vigor.
5
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo
determinado por la autoridad.
