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(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?
1. Ingrese al Portal del SAT, elija “Personas” para personas físicas o “Empresas” para personas morales, según sea el caso.


Personas, seleccione las opciones: Devoluciones y compensaciones / Compensación / “Presenta tu Formato Electrónico
de compensación”, en el caso de encontrarse amparado en contra de buzón tributario elija la opción “Presenta tu
Formato Electrónico de compensación (Amparada)”.



Empresas, seleccione las opciones: Devoluciones y compensaciones / Compensación / “Presenta el aviso de
compensación para tu empresa”, en el caso de encontrarse amparado en contra de buzón tributario elija la opción
“Presenta tu Formato Electrónico de Compensación para tu empresa (Amparada)”.

2. Capture su RFC y Contraseña o e.firma, seguido de Enviar.
3. Llene los datos solicitados en el formulario electrónico, seleccionado el tipo de aviso.
4. Adjunte escaneados los requisitos solicitados del trámite.
5. Firme y envíe su solicitud de devolución con apoyo de su e.firma.
6. Obtenga y conserve su acuse de recibo electrónico con el número de folio asignado.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los requisitos se especifican en las tablas correspondientes:


Aviso de compensación de saldos a favor de IDE Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos.

Ver tabla 36.1.



Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para avisos de compensación de saldos
a favor de IDE.

Ver tabla 36.2.

¿Con qué condiciones debo cumplir?
Contar con e.firma y Contraseña.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para
emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?
Con el número de folio.

No aplica.

A través de buzón tributario ingresando a: Otros trámites y
servicios / Devoluciones y compensaciones / Seguimiento
de trámites y requerimientos.
A través del
compensaciones
requerimientos.

Portal del SAT: Devoluciones
/
Seguimiento
de
trámites

y
y

Resolución del Trámite o Servicio
Acuse de recibo.
Plazo máximo para que el SAT resuelva el
Trámite o Servicio
No aplica.

Plazo máximo para que el SAT
solicite información adicional
No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?
Acuse de recibo.

Plazo máximo para cumplir con
la información solicitada

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?
No aplica.

CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas

Quejas y denuncias



MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para
Estados Unidos y Canadá.



Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03
para otros países.



Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en
diversas ciudades del país, en un horario de atención de
lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30 h a
15:00 h.




Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx



En el Portal del SAT:

Las direcciones de las oficinas están disponibles en:
https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios



En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos
SARE, el horario de atención se adapta, por lo que
puede ser de 8:30 h hasta las 14:30 h.



Vía Chat: http://chatsat.mx/

SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y
Denuncias.
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-odenuncia



Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.