Programa nacional de vivienda para todos.pdf


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Como TECNOARQUITECTURA la solución la entregamos, ya desarrollada, en forma de un proyecto de
ley… esta ley podría dar un fuerte impulso a economía del país, pues la industria de la construcción
estaría revitalizada como jamás antes. Así pues esta solución es urgente.

PROYECTO DE LEY
“PROGRAMA DE VIVIENDA UNIVERSAL”
CAPITULO I.
CIRCUNSTANCIAS Y OBJETO DE LA LEY.
ARTICULO 1°. (CIRCUNSTANCIAS).

Dado que: es un derecho natural de todo ciudadano a vivir en la tierra donde haya nacido.

Y considerando que alrededor de las ciudades existen extensas planicies de tierra aptas para ser habitadas o
para la construcción, es decir que dichas tierras tienen la capacidad de albergar las viviendas que sean necesarias
para los habitantes que así lo necesiten. Pero estos no pueden acceder a estas por los altos precios ante todo
especulativos que provoca el acaparamiento y la especulación de dichas tierras.

Que sin embargo gracias a las teorías fisiócratas estas tienen una tributación pero esta es tan baja, que solo
alienta a generar más monopolistas de la tierra, tierra de la cual somos dueños todos los seres humanos.

Que debido a los especuladores estas tierras aún permanecen tan bacías como hace cien años.

Que dicha especulación de tierras no favorecen para nada los intereses ni del estado ni de la sociedad.

Que es una obligación del estrado el garantizar el derecho humano a la vivienda a todo aquel que ha sido
despojado de su derecho natural a un pedazo de tierra y son en realidad los sin tierra citadinos.

Es necesaria ante tales aberraciones generar los mecanismos para que la población pueda acceder a los
terrenos que deseen de manera natural, como también es necesaria la construcción de cientos de edificios
multifamiliares, para ante todo eliminar la especulación de las tierras alrededor de las ciudades.
ARTICULO 2. (Objeto).- Esta ley tiene por objeto la creación de las condiciones legales especiales para la
promoción y el desarrollo económico y social de los habitantes de todas las zonas urbanas del país en lo referido al
acceso a la vivienda y políticas urbanas, mecanismos para el abaratamiento de los predios, fomento a la
construcción, fortalecimiento de los presupuestos municipales, que permitirá a los bolivianos tener una
supervivencia digna conforme a lo reglado por la Constitución Nacional y dentro de sus particulares condiciones
geográficas, ambientales y culturales. Sin afectar en lo mínimo al tesoro general de la nación.
CAPITULO II.
DE LA NUEVA AREA DE INFLUENCIA URBANA.
ARTICULO 3°. (Nueva área de influencia urbana).- Los recursos económicos de donde saldrán los fondos
para la construcción de las viviendas multifamiliares gratuitas nacerán de la reformulación de un impuesto, cual es:
el impuesto, municipal sobre el valor catastral de las tierras urbanas.
ARTICULO 4°. (Del impuesto).- Modifíquese el impuesto sobre la renta de las tierras dentro las zonas limitadas
y según los siguientes dos parágrafos:

(Del área).- Se delimitan las nuevas áreas de influencia tributaria. Tomando como parámetro, las tierras
o los lotes construidos, es decir que en la actualidad ya cumplen una función social, a las orillas de las ciudades,
llamadas también las zonas peri urbanas, partiendo de ahí hasta la distancia en kilómetros que fija la tabla 1; esta
será la nueva zona de influencia tributaria urbana. A partir de esta nueva re-limitación todas las tierras estén
urbanizadas o no, deberán cancelar al municipio el mismo impuesto que las zonas urbanas adyacentes.

(Del monto económico).- Modifíquese los impuestos sobre la renta de las tierras urbanas dentro las
zonas limitadas dentro la tabla 1 y para cuyo monto de tributación se tomará como parámetro la renta que pagan
las tierras o los lotes construidos es decir que ya cumplen una función social, en las orillas de las ciudades
llamadas también las zonas peri urbanas y en función de sus usos de suelo dominantes; deberán cancelar al
municipio el mismo monto económico.

(Tabla 1).- se fija en adelante la siguiente tabla para la re-limitación de las nuevas áreas de influencia
tributaria urbana, las nuevas re-limitaciones se aplicaran alrededor de todas las manchas urbanas del país desde los
2.000 Habitantes.