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Hacerla legítima, hábil y capaz para heredar los bienes de su padre, derechos y acciones como si hubiere sido habida y procreada en matrimonio legítimo y para que pudiera gozar de todos los efectos
civiles, usando mi Real Autoridad para alzar y quitar todo
defecto que por razón de su
nacimiento le pudiera ser
puesto, así en juicio como fuera de él, instituyéndola en todos los derechos, franquicias,
preeminencias y prerrogativas
que puedan y deban disfrutar
según las leyes del Reino los
hijos naturales legitimados por
rescripto regio.
Doña Josefa Manzanedo había contraído matrimonio
con don Francisco de Paula
Mitjáns y Colinó, natural de La
Habana e hijo del antiguo socio de don Juan Manuel. De
esta unión nacieron cuatro hijos.
De Real orden lo digo a Vd. para su inteligencia,
satisfacción y efectos correspondientes.
El 23 de noviembre de 1864 se efectuó la
concesión del proyectado ferrocarril de León a Gijón, a don
Manuel de Manzanedo, por
190 millones de reales. El 1º
de diciembre, Manzanedo traspasó la concesión a don José
Ruiz de Quevedo, con un sustancial beneficio económico.
Según consta en su expediente personal del Palacio
Real de Madrid, el 12 de febrero de 1865, fue nombrado gentilhombre de cámara de la Reina Isabel II, con ejercicio y con
la dispensa del pago de la media annata, a través de don
Francisco Javier Castaños y
Aragorri, Duque de Bailén. El
juramento preceptivo tuvo lugar ante el Marqués de Malpica el 3 de abril de 1865.
Nada más haberle sido
Hacia el año 1870, se consiconcedido el Marquesado de
deraba que su fortuna rondaba
Manzanedo, elevó nueva inslos 179 millones de reales, lo
tancia a la Reina, con fecha 17
que la situaba como una de las
de marzo de 1864, para que
más elevadas de Madrid, y poesta autorizase a su hija y a
siblemente de toda España. El
sus descendientes legítimos,
patrimonio que había generapara poder recibir, en su día, el
do en Cuba y desarrollado en
Marquesado ya que no había
Josefa Manzanedo e Intentas
España, a través de su casa
sido tenida en constante matriII Marquesa de Manzanedo
de comercio en La Habana, se
monio. Alegaba para ello que
(óleo de Raimundo de Madrazo,
sirvió de cuatro formas de acuen el Museo del Prado)
el hombre que como yo llega
mulación de capital, interrelaal último tercio de su vida, no
cionadas entre sí: préstamo de
vive más que en sus descendientes: cuanto tengo y
utillaje a los propietarios de ingenios relacionados
pueda adquirir en fortuna y en honores, perdería a
con la zafra; préstamos hipotecarios a tasas de inmis ojos mucha parte de su valor, si no pertenecietereses superiores a los peninsulares; comercializara, como a mí, a mí hija y a mis nietos.
ción directa del azúcar; y financiación de expediciones negreras.
A esta petición se le contestó que Su Majestad le concedía igualmente esta nueva gracia:
Según relata Benito Pérez Galdós en sus
Episodios Nacionales - Amadeo I, en la entrada de
Madrid 30 de Julio de 1864. La Reyna (q.D.g.), acDon Amadeo I de Saboya en la capital de España,
cediendo a la solicitud de Vd., de acuerdo con el
el 1º de enero de 1871, en los balcones de la resiConsejo de Ministros, se ha servido mandar que se
dencia del Marqués de Manzanedo no se habían
expida una Real Cédula especial habilitando a su
puesto colgaduras, en clara señal de rechazo hacia
hija natural, legitimada por Real rescripto, doña Joel nuevo monarca. El diario El Imparcial, en franca
sefa Luisa Manzanedo e Intentas, para suceder, y
oposición a este signo de desaprobación, publicó
en defecto de descendientes de legítimo matrimouna reseña en la que decía, entre otras cosas, que
nio, a su tiempo en el Título de Marqués de Manzael Marqués debía ostentar en los florones de su esnedo que Vd. disfruta y transmitirlos sus hijos y sucudo tabaco Virginia o Kentuky y algunas motas de
cesores legítimos habidos en constante matrimonio.
Cuadernos de Ayala 76 - OCT/2018 [22]
