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AHNDICE Á LA INTRODUCCION AL DERECHO.
Del derecho equívoco. (Jus Tquivocum.)
Todo derecho, en el sentido estricto (jus strictum), va acompañado de la facultad de obligar.
Pero se puede además concebir otro derecho en el
sentido lato (jus latum), respecto del cual no puede
una ley determinar la facultad de obligar.—Ahora,
este derecho lato, verdadero d falso, es de dos modos: la equidad y el derecho de necesidad. La equidad admite un derecho que no puede obligar, y la
necesidad una exigencia sin derecho.
Pero se vé claramente que esta ambigüedad
proviene de que hay casos de derecho dudosos, cuya decision no puede encomendarse á nadie.
La equidad (gequitas).
La equidad (objetivamente considerada) no es un
titulo en cuya virtud se pueda compeler á otro al
