Proyecto de Ley regimen de contratistas final radicado..pdf

Vista previa de texto
beneficios económicos otorgados con base en la presente ley deberán ser
compensados con los reconocidos en virtud del contrato realidad.
Capitulo II.
“Derechos y deberes de contratantes y contratistas”
Art. 4º. Derechos de los contratistas de prestación de servicios: Los
contratistas de prestación de servicios gozan de todos los derechos y prerrogativas
constitucionales y legales, así como:
1. Recibir un trato digno y cortes y no ser objeto de malos tratos, abusos o
cualquier otra forma de persecución o acoso laboral conforme lo preceptuado
en la ley 1010 de 2016.
2. A no ser objeto de tratos discriminatorios o degradantes por razón de su raza,
etnia, posición económica, ideología política, religión, edad, género, identidad
de género, orientación sexual, discapacidad, edad u otro criterio similar.
3. Percibir de forma puntual el pago de sus honorarios, sin dilaciones
injustificadas o descuentos ilegales.
4. Actuar con autonomía e independencia en el desarrollo de sus actividades
contractuales.
5. Recibir los elementos e insumos necesarios para el cumplimiento de su objeto
contractual, cuando los mismos no deban ser suministrados por el propio
contratista.
6. Dentro del marco de autonomía, independencia y cumplimiento del objeto
contractual, poder ausentarse de sus actividades contractuales en razón al luto
causado por la muerte de un familiar conforme los términos de la ley 1280 de
2009 o por grave calamidad doméstica.
16
Edificio Nuevo del Congreso
Cra.7ª.No.8-68 Of.333B Tel: 3823382 - 3823383
E-mail: angelicalozano.publico@gmail.com
