AUX ADM SAS ACTUALIZACIÓN TEMAS 13 15.pdf


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El Procedimiento Administrativo
b) A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públi�
cas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.
c) A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la norma�
tiva reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente,
deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste.
d) A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al proce�
dimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones
Públicas o que hayan sido elaborados por éstas.
e) A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamien�
to Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al
trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al
redactar la propuesta de resolución.
f ) A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que
las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que
se propongan realizar.
g) A actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus
intereses.
h) A cumplir las obligaciones de pago a través de los medios electrónicos previstos en
la Ley.
i) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes.
Además de los derechos previstos anteriormente, en el caso de procedimientos administrativos
de naturaleza sancionadora, los presuntos responsables tendrán los siguientes derechos:
a) A ser notificado de los hechos que se le imputen, de las infracciones que tales hechos
puedan constituir y de las sanciones que, en su caso, se les pudieran imponer, así como
de la identidad del instructor, de la autoridad competente para imponer la sanción y de la
norma que atribuya tal competencia.
b) A la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario.

3. INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN: RECEPCIÓN Y REGISTRO DE DOCUMENTOS
3.1. LA DOCUMENTACIÓN EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Se entiende por documentos públicos administrativos los válidamente emitidos por los órganos
de las Administraciones Públicas. Las Administraciones Públicas emitirán los documentos administrativos por escrito, a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra
forma más adecuada de expresión y constancia.
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