Estatutos del CÃrculo Podemos El Viso del Alcor.pdf

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a defenderse, estará incurriendo en una falta grave en la medida en que se compromete
gravemente la cohesión interna de la organización.
c) Para la resolución de conflictos de pérdida de confianza el Círculo PODEMOS El
Viso del Alcor deberá poner en marcha el procedimiento de “Moción de
confianza/revocatorio”:
1. Recoger firmas para iniciar el proceso de moción de confianza. En caso de
que la moción de confianza sea un proceso revocatorio de las tareas de un
miembro del Círculo, las firmas deberán superar el 20% de los apoyos que
recibió el miembro del Círculo cuando se le asignó la tarea.
2. Convocar una asamblea específica para tratar el tema, con antelación mínima
de 7 días, con una hora y lugar de convocatoria claros, y con un orden del día en
el que se especifique claramente el tema a tratar y en el que se eviten otros temas
propios del Círculo.
3. Garantizar la presencia de un moderador/a aceptado por ambas partes, para
facilitar el debate. En caso de que sea necesario, los compañeros y compañeras
del Área Estatal de Extensión de PODEMOS apoyarán en esta labor.
4. Dar 30 minutos a las partes en conflicto para exponer sus posiciones. Tras las
exposiciones, la asamblea podrá hacer preguntas a las partes. No se trata de un
debate, sino de aclarar dudas sobre las exposiciones.
5. Tras ello, se abrirá un proceso de votación de los miembros de la asamblea
sobre si, efectivamente, la Asamblea ha perdido confianza sobre ese compañero
o compañera, o por el contrario la renueva.
En caso de que la Asamblea haya perdido la confianza en ese compañero/a, se abrirá un
turno de debate para acordar las medidas que se adoptarán, que en ningún caso
implicarán la expulsión de un miembro de PODEMOS, pero que sí podrán incluir la
suspensión temporal de su derecho al voto o al ejercicio de determinadas funciones en
nuestro círculo y/o la revocación de sus funciones, si las tuviera. El objetivo de las
medidas debe ser siempre el de restituir las condiciones de confianza interna en el
Círculo a la vez que se respetan los derechos de todo miembro de PODEMOS de
recuperar la confianza perdida y seguir participando del partido en cualquiera de las
otras formas posibles no recogidas en dichas medidas.
d) Si tras este proceso alguna de las partes encontrara vulnerados los derechos recogidos
en estos Estatutos en su calidad de inscrito o afiliado de PODEMOS podrá recurrir el
procedimiento a la Comisión de Garantías Democráticas competente, que en cualquier
caso podrá actuar también de oficio.
Artículo 11. Sobre la disolución del Círculo
En caso de disolución del Círculo PODEMOS El Viso del Alcor, su patrimonio pasará a
formar parte del patrimonio del órgano territorial inmediatamente superior.
