TEXTO 1.5DECLARACIÓN DE DERECHOS DE LA MUJER Y LA CIUDADANA. OLYMPIA (1).pdf


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TALLER INTRODUCCIÓN AL FEMINISMO. NURIA VARELA/LA MALA MUJER 2016

ARTÍCULO XV
La masa de las mujeres, unida a la de los hombres para la contribución al
erario público, tiene derecho a pedir cuentas a cualquier agente público
de su gestión administrativa.
ARTÍCULO XVI
Toda sociedad en la que no esté asegurada la garantía de los derechos ni
la separación de los poderes no puede decirse que tenga una constitución.
La constitución no puede considerarse como tal si la mayoría de los
individuos que componen la Nación no ha colaborado en su redacción.
ARTÍCULO XVII
Las propiedades son para todos los sexos reunidos o separados. Tienen
para cada uno derecho inviolable y sagrado; nadie puede verse privado
como patrimonio verdadero de la naturaleza, a no ser que la necesidad
pública, legalmente constatada, lo exija de manera evidente y a condición
de una justa y previa indemnización.

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