TEXTO 1.5DECLARACIOÌN DE DERECHOS DE LA MUJER Y LA CIUDADANA. OLYMPIA (1).pdf

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TALLER INTRODUCCIÓN AL FEMINISMO. NURIA VARELA/LA MALA MUJER 2016
ARTÍCULO XI
La libre comunicación de pensamientos y opiniones es uno de los
derechos más valiosos de la mujer, ya que esta libertad asegura la
legitimidad de los padres con respecto a los hijos. Cualquier ciudadano
puede, pues, decir libremente “Yo soy madre de un niño que os
pertenece”, sin que un prejuicio bárbaro la obligue a disimular la verdad;
salvo a responder por el abuso que pudiera hacer de esta libertad, en los
caos determinados por la ley.
ARTÍCULO XII
La garantía de los derechos de la mujer y de la ciudadana necesita de una
utilidad mayor, esta garantía debe instituirse para beneficio de todos y no
para la utilidad particular de aquellas a quien se le ha confiado.
ARTÍCULO XIII
Para el mantenimiento de la fuerza pública y los gastos de la
administración, serán iguales las contribuciones de hombres y mujeres; la
mujer participará en todas las tareas ingratas y penosas, por lo tanto debe
poder participar en la distribución de puestos, empleos, cargos y honores
y en la industria.
ARTÍCULO XIV
Las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a comprobar por sí
mismos o por medio de sus representantes la necesidad de la contribución
al erario público. Las ciudadanas no pueden dar su consentimiento a dicha
contribución si no es a través de la admisión de una participación
equivalente, no sólo en cuanto a la fortuna, sino también en la
administración pública y en la determinación de la cuota, la base
imponible, la cobranza y la duración del impuesto.
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