Bases del Mercado Eléctrico.pdf

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Eléctrica se pagarán con base en los Precios Marginales Locales individuales de los NodosP
Elementales que representan los puntos de interconexión de cada Unidad de Central Eléctrica.
9.2.7
Recursos menores a 0.5 MW. Las Centrales Eléctricas con capacidad menor a 0.5 MW
serán Indirectamente Modeladas en el Modelo de la Red Física, excepto cuando su representante
solicite que sean Directamente Modeladas y cumple los requisitos aplicables del modelo de la red
física asociada y la telemetría de tiempo real, o bien, cuando el CENACE determine que se requiere
modelarlas directamente para contribuir a preservar la Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional.
Los representantes de las Centrales Eléctricas Indirectamente Modeladas deberán realizar ofertas en
el Mercado de Energía de Corto Plazo basadas en programas fijos de generación. Los
representantes de las Centrales Eléctricas Indirectamente Modeladas no podrán realizar ofertas
económicas en el Mercado de Energía de Corto Plazo por lo que las Centrales Eléctricas que
representan serán tomadores de precios al Precio Marginal Local correspondiente en cada mercado.
9.2.8
Recursos sin telemetría. Todas las Centrales Eléctricas mayores a 0.5 MW y todas las
Centrales Eléctricas menores a 0.5 MW que sean Directamente Modeladas deben contar con
telemetría en tiempo real disponible para el CENACE. Las Centrales Eléctricas menores a 0.5 MW
que sean Indirectamente Modeladas no requieren telemetría en tiempo real y no recibirán
instrucciones de despacho en el Mercado de Tiempo Real.
9.2.9
Recursos no despachables. El Despacho Económico con Restricciones de Seguridad
considerará la generación de las Unidades de Central Eléctrica firmes (p.ej., geotérmicas) e
intermitentes (eólicas o solares) que no sean despachables. En el despacho económico en tiempo
real, estos recursos recibirán instrucciones de despacho mediante el Registro de Instrucciones de
Despacho, iguales a la energía entregada en el intervalo previo, o cuando se encuentren disponibles,
iguales a sus pronósticos actualizados en tiempo real de entrega de energía. No obstante lo anterior,
el CENACE podrá emitir instrucciones para que estos recursos reduzcan su generación
manualmente, cuando sea necesario para preservar la Confiabilidad del sistema.
9.2.10
Recursos intermitentes despachables. Los recursos intermitentes se podrán registrar como
despachables si tienen capacidad de despacho. En este caso deberán contar con la capacidad de
recibir y enviar información al Registro de Instrucciones de Despacho, y con sistemas de
comunicación que permitan informar al CENACE sobre su capacidad disponible en tiempo real.
9.2.11
Recursos de emergencia. Los Recursos o segmentos de capacidad entre el límite normal y
el límite de emergencia que ofrecen, se utilizarán cuando el CENACE declare un estado operativo
de emergencia o estado operativo de restauración.
9.2.12
Recursos de Soporte del Sistema. Los Recursos de Soporte del Sistema se sujetarán a las
siguientes reglas:
(a) Antes del Día de Operación, el CENACE notificará a los representantes de los Recursos de
Soporte del Sistema el período de tiempo y la cantidad de energía y/o potencia reactiva y control de
voltaje requerido de cada Recurso de Soporte del Sistema.
(b) El CENACE emitirá los programas del Mercado del Día en Adelanto y expedirá instrucciones de
arranque a los Recursos de Soporte del Sistema dentro de los procesos del Mercado del Día en
