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CAPITULO XIII
EXCEPCIONES
ARTICULO 113º.- Serán eximidos únicamente de rendir el examen teórico para su ascenso a categoría NOVICIO, los
aspirantes comprendidos en los puntos detallados seguidamente:
a) Egresados del Instituto Superior de Enseñanza de Radiodifusión (ISER), con el título de Operador de Planta
Transmisora.
b) Ingenieros en la especialidad de Telecomunicaciones o Electrónica, con título otorgado por los
Establecimientos de nivel universitario, nacionales o privados reconocidos.
c) Personal egresado de Institutos de enseñanza superior de las Fuerzas Armadas y/o Seguridad, con el título de
Ingenieros en Electrónica, Telecomunicaciones, Sistemas de Armas Electrónicas, o disciplinas acordes
relacionadas con las Telecomunicaciones.
d) Técnicos en la especialidad de Telecomunicaciones ó Electrónica, egresados de Establecimientos de nivel
secundario, nacionales, provinciales ó privados reconocidos.
e) Egresados de Institutos de formación de las Fuerzas Armadas y/o Seguridad y/o Servicios Penitenciarios,
pertenecientes a la especialidad de Comunicaciones.
En el caso de las excepciones previstas en el presente Artículo, el interesado rendirá el examen correspondiente a
reglamentación y TELEGRAFÍA. Las preguntas del examen de reglamentación serán sorteadas al azar, del mismo
banco de preguntas y con las mismas condiciones de selección de preguntas y aprobación, que para el resto de los
aspirantes.
50/98 - Reglamento y Preguntas - p/LU1HDM
