oficio que aprueba modif planta en c. diputados.pdf


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de los demás cargos de Profesionales se aplicará el
artículo 15

mencionado en el número anterior.
c)

Dictar

todas

las

normas

necesarias

para la adecuada estructuración y funcionamiento de las
plantas que fije o modifique.
d) Modificar, en la planta de personal,
los requisitos generales y específicos para el ingreso
y promoción de los cargos y el desempeño profesional
por funciones, fijadas en números de cargos y grados
por plantas.
2)

Respecto

de

otras

normas,

establecer

asignaciones asociadas al ejercicio efectivo y continuo
de la función de dirección de jardín infantil y de
supervisión, fijando, al efecto, las condiciones para
su

otorgamiento,

percepción,

pago

y

extinción,

y

cualquier otra disposición necesaria para la adecuada
aplicación de la misma.

Artículo segundo.- El uso de estas facultades
quedará sujeto a las siguientes restricciones:
1) No podrá tener como consecuencia ni podrá
ser considerado como causal de término de la relación
laboral, cese de funciones o término de servicios.
2)

No

remuneraciones
previsionales.
remuneraciones

podrá
ni

significar

modificación

Cualquier
deberá

ser

disminución
de

los

diferencia
pagada

por

de

derechos
en

las

planilla

suplementaria, a la que se le aplicará el porcentaje de
reajuste que se fije anualmente para las remuneraciones
de los funcionarios públicos en la forma dispuesta en
el artículo 31 de la ley N° 20.642 y que se absorberá