oficio que aprueba modif planta en c. diputados.pdf

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de los demás cargos de Profesionales se aplicará el
artículo 15
mencionado en el número anterior.
c)
Dictar
todas
las
normas
necesarias
para la adecuada estructuración y funcionamiento de las
plantas que fije o modifique.
d) Modificar, en la planta de personal,
los requisitos generales y específicos para el ingreso
y promoción de los cargos y el desempeño profesional
por funciones, fijadas en números de cargos y grados
por plantas.
2)
Respecto
de
otras
normas,
establecer
asignaciones asociadas al ejercicio efectivo y continuo
de la función de dirección de jardín infantil y de
supervisión, fijando, al efecto, las condiciones para
su
otorgamiento,
percepción,
pago
y
extinción,
y
cualquier otra disposición necesaria para la adecuada
aplicación de la misma.
Artículo segundo.- El uso de estas facultades
quedará sujeto a las siguientes restricciones:
1) No podrá tener como consecuencia ni podrá
ser considerado como causal de término de la relación
laboral, cese de funciones o término de servicios.
2)
No
remuneraciones
previsionales.
remuneraciones
podrá
ni
significar
modificación
Cualquier
deberá
ser
disminución
de
los
diferencia
pagada
por
de
derechos
en
las
planilla
suplementaria, a la que se le aplicará el porcentaje de
reajuste que se fije anualmente para las remuneraciones
de los funcionarios públicos en la forma dispuesta en
el artículo 31 de la ley N° 20.642 y que se absorberá
