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5.5.2 Puesta en marcha de los socorros
5.5.2.1 Todo socorro que necesite el desplazamiento de un vehículo médico se pondrá en
marcha por orden del Director de Carrera, de común acuerdo con el Médico Jefe e
informando al Director de la Prueba Especial. Toda evacuación terrestre o aérea se
realizará a través de los itinerarios determinados previamente hacia los hospitales
previstos (véanse los Artículos 5.2.2 y 5.5.3 a).
5.5.2.2 En el lugar de un accidente, la organización y la dirección de la intervención médica
estarán aseguradas únicamente por el médico del vehículo de intervención en cuestión
(eventualmente, el auxiliar médico cualificado, en el caso de un vehículo de un punto
intermedio). El personal médico deberá estar familiarizado y formado para una
utilización apropiada del equipo disponible a bordo de su vehículo de intervención
médica, así como formado en extracción de heridos.
Disposiciones particulares para el WRC.
Las medidas mencionadas anteriormente concernientes al personal médico son
obligatorias.
5.5.3 Evacuación
a) En el plan de seguridad debería preverse un itinerario de evacuación para cada prueba
especial que se indicará claramente (mediante un mapa o un diagrama).
b) Los servicios de urgencia de todos los hospitales situados cerca del recorrido deberían
encontrarse en estado de alerta (véase el Artículo 5.2).
c) Cualquiera que sea el tipo de evacuación, terrestre o aérea, todo herido cuyo estado
requiera cuidados intensivos debería ser acompañado hasta el hospital por un médico
competente en reanimación.
d) Si se ha previsto una evacuación por helicóptero, deberían respetarse los parámetros
siguientes:
-
Cuando las condiciones meteorológicas impidan el uso de un helicóptero, por
decisión conjunta del Director de Carrera y del Responsable de Seguridad puede
