LA AFECTACIÓN DE LA CAPACIDAD DE CULPABILIDAD EN EL HOMICIDIO POR FEROCIDAD CASO REGISTROS PÚBLICOS.pdf


Vista previa del archivo PDF la-afectaci-n-de-la-capacidad-de-culpabilidad-en-el-homicidio-por-ferocidad-caso-registros-p-blicos.pdf


Página 1...3 4 56722

Vista previa de texto


09. Que, con respecto al Homicidio por ferocidad, el autor nacional Raúl Peña
Cabrera nos ilustra que, "El homicidio calificado que obedece fundamentalmente a
móviles o motivos fútiles revelan en el delincuente una extrema inhumanidad y
gran peligrosidad (...) Se trata, pues, de una muerte causada por motivos
deleznables bajos, que revisten escasa importancia respecto a su resultado (...)2"
-

Lo citado por la Sala de Apelaciones, nos parece que está orientado a
encuadrar la conducta de Alzamora Lambert en la agravante de ferocidad,
en la acepción de motivo fútil, la que a decir de Peña Cabrera, revela gran
peligrosidad en el agente. Queremos entender, que la Sala de Apelaciones
no se refiere a la extrema inhumanidad, puesto que, de ser así, estaríamos
ante un supuesto de gran crueldad.

10. Que, coincide con la apreciación anterior, el profesor Fidel Rojas Vargas quien
precisa que "(...) para afirmar su existencia se requiere que la muerte se haya
causado por un instinto de perversidad brutal o por el sólo placer de matar, sin
ningún motivo ni móvil aparentemente explicable (...)3".

-

En este apartado, la Sala de Apelaciones, en la cita a Rojas Vargas, nos
hace referencia a tres modalidades agravadas del homicidio: gran crueldad,
por placer, y la mal llamada por ferocidad, en la acepción de ausencia de
motivo o móvil aparente. Esto nos lleva a la reflexión: bajo qué modalidad
Alzamora Lambert, mató a Ávila Vereau? El problema con la modalidad del
asesinato por ferocidad radica en que, según los juristas puede ser tanto,
matar sin motivo o móvil aparente, como con un motivo fútil.

11. Que, la Jurisprudencia nacional acota que "por estudios de Psicología se tiene
conocimiento de que en el psiquismo de algunas personas se desencadena en
una acción de esta naturaleza, donde el crimen se ejecuta sin que exista un móvil
aparente y explicable, por ello nuestra ley singulariza esta situación
considerándola como circunstancia y denominándola homicidio por ferocidad 4" y,
"en cuanto a esta modalidad homicida se encuentra en el móvil de la acción, esto
2

PEÑA CABRERA, Raúl. Tratado de Derecho Penal, Parte Especial I. Ediciones Jurídicas, 1994. P.101-102.
ROJAS VARGAS Fidel. Jurisprudencia Penal y Procesal (1999-2000) Editora Ideosa 2002. P.395.
4
R.N. N°2859-1999-Arequipa, Data 40 000, G.J.
3

5