LA AFECTACIÓN DE LA CAPACIDAD DE CULPABILIDAD EN EL HOMICIDIO POR FEROCIDAD CASO REGISTROS PÚBLICOS.pdf


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1. CONFIRMAR la sentencia de fecha diez de noviembre del año dos mil
once, en cuanto falla condenando al acusado Henry Frank Alzamora
Lambert, como autor del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la
modalidad de Homicidio Calificado (Asesinato), en agravio de Kory Tyka
Ávila Vereau; (…);
2. REVOCAR la misma sentencia en el extremo que impone al encausado
Henry Frank Alzamora Lambert la pena de treinta años de pena privativa de
libertad; REFORMÁNDOLA, le impusieron la pena de treinta y tres años de
pena privativa de libertad, la misma que, con descuento de la carcelería que
viene sufriendo desde su detención el diecinueve de enero del año dos mil
once, vencerá el dieciocho de enero del año dos mil cuarenta y cuatro;
5. CONSENTIDA y/o EJECUTORIADA que sea la presente resolución
devuélvase los presentes actuados para los fines de Ley.- Interviniendo
como Juez Superior Ponente y Director de Debates el Doctor Oscar Eliot
Alarcón Montoya.-

Para concluir, sostenemos que el fallo correcto en el presente caso,
habría debido ser declarando exento de responsabilidad penal a Henry
Frank Alzamora Lambert, como autor del delito Contra la Vida, el
Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Homicidio Calificado (Asesinato),
en agravio de Kory Tyka Ávila Vereau; toda vez que padece una
anomalía psíquica (grave) que afectó su capacidad de culpabilidad, esto
es, la capacidad de adecuar su conducta a los mensajes normativos en
el momento de la comisión del acto delictivo, tal como lo prescribe el
Artículo 20, inc.1 de nuestro Código Penal Peruano. Por lo tanto, se le
debió imponer una medida de seguridad, esto es, la internación, estando
a lo establecido en los artículos 71, 72, 73, y 74 del mismo cuerpo
normativo. Internación por treinta y cinco años, en estricto respeto del
principio de legalidad contenido en el Artículo 75, esto es, la duración de
las medidas de internación no podrá exceder el tiempo de duración de la
pena privativa de libertad que hubiera correspondido aplicarse por el
delito cometido.

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