ESTATUTO GENERAL 2013 2020.pdf


Vista previa del archivo PDF estatuto-general-2013-2020.pdf


Página 1...56 57 58596094

Vista previa de texto


IV. Gestionar ante las autoridades médicas competentes el establecimiento de
los servicios médicos relativos a la atención materno—infantil y planificación
familiar, en los centros de trabajo alejados de la ciudad, en beneficio de los
afiliados y de sus familiares.
V. Exigir a las autoridades del ISSSTE, el reintegro total y oportuno de los gastos
que el derechohabiente realiza cuando se le niega la atención medica por
negligencia o falta de insumos para la salud suficientes o de mala calidad.
VI. Promover ante el ISSSTE el que se proporcione al personal derechohabiente
la dotación de aparatos de prótesis general y lentes para todo el personal que lo
necesiten.
VII. Promover ante el ISSSTE y otras instituciones la realización de campañas
permanentes profilácticas y de educación higiénica en beneficio de los afiliados y
de sus familiares, así como pugnar por que se establezca la medicina preventiva
a nivel nacional.
VIII. Vigilar, conjuntamente con la Secretaría de Prestaciones del ISSSTE, que
los servicios sociales que el ISSSTE o la Secretaría de Salud proporcione a los
afiliados y familiares, sean suficientes.
IX. Mantener la inviolabilidad de las CGT y de los preceptos de las leyes
correspondientes, convenios, reglamentos y disposiciones en lo que se refiere a
Previsión Social, Seguridad e Higiene y Riesgos de Trabajo.
X. Intervenir ante la Secretaría de Salud y el ISSSTE, en todos los problemas
que se susciten entre los afiliados en materia de Previsión Social, con objeto de
que puedan obtenerse con la rapidez necesaria las prestaciones a que tengan
derecho.
XI. En los casos en que los afiliados presten sus servicios en lugares peligrosos
e insalubres deberá existir la implantación de todas las medidas de seguridad
que se establecen en el Reglamento de Seguridad e Higiene, y dictaminará
sobre la reducción de horarios, ampliación de los periodos vacacionales,
compensaciones económicas, etc., apegándose estrictamente al catálogo de
riesgos en vigor.
XII. Asesorar y auxiliar a la representación del SNTSA ante la Comisiones
Nacional y Seccionales Mixtas de Seguridad e Higiene, recabando para ello la
información que se requiera y llevando un control minucioso de las gestiones que
éstas realicen.
XIII. Gestionar ante las autoridades correspondientes la inclusión de las partidas
presupuéstales necesarias para la aplicación de las medidas de Seguridad e
Higiene que se aprueben; así mismo, auxiliará a las Secciones para estas mismas
gestiones ante las autoridades locales.
5 8 / ESTATUTO GENERAL DEL SNTSA