ESTATUTO GENERAL 2013 2020.pdf

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II. Tener vigentes sus derechos sindicales y no haber sido objeto de suspensión
como afiliado o de destitución de algún encargo sindical.
III. Estar al corriente del pago de sus cuotas sindicales.
IV. No encontrarse disfrutando de una licencia sin goce de sueldo.
V. No haber pertenecido a otra organización sindical antagónica al SNTSA.
VI. No haber sido condenados por ilícitos intencionales cometidos en contra del
patrimonio del SNTSA.
VII. No haber causado agravio físico en contra de un afiliado del Sindicato o de su
familia.
VIII. En caso de haber ocupado cargo de confianza, deberá haber transcurrido
cuando menos un año desde la conclusión del encargo referido a la fecha de la
elección, siempre y cuando en el puesto no haya realizado actos en contra del
SNTSA o de sus afiliados.
IX. Los demás que establezca el presente Estatuto y el Reglamento de
Procedimientos Electorales.
Artículo 14.- Los requisitos para desempeñar un encargo sindical a nivel seccional, son
los siguientes:
I. Ser afiliado del SNTSA con 3 años de antigüedad como mínimo y no encontrarse
en receso.
II. Tener vigentes sus derechos sindicales y no haber sido objeto de suspensión
como afiliado o de destitución de encargo sindical.
III. Estar al corriente del pago de sus cuotas sindicales.
No encontrarse disfrutando de una licencia sin goce de sueldo.
IV. No haber pertenecido a otra organización sindical antagónica al SNTSA.
V. No haber sido condenados por ilícitos intencionales cometidos en contra del
patrimonio del SNTSA.
VI. No haber causado agravio físico en contra de un afiliado del Sindicato o de su
familia.
VII. En caso de haber ocupado cargo de confianza, deberá haber transcurrido
cuando menos un año desde la conclusión del encargo referido a la fecha de la
elección, siempre y cuando en el puesto no haya realizado actos en contra del
SNTSA o de sus afiliados.
ESTATUTO GENERAL DEL SNTSA/1 9
