ESTATUTO GENERAL 2013 2020.pdf


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XV. Comunicar oportunamente a su Sección, su cambio de domicilio y situación
laboral, así como sus ascensos, cambios de especialidad, de adscripción, cese,
reinstalación, etcétera, para los efectos correspondientes.
XVI. Asistir oportunamente a las reuniones que convoquen las dirigencias
sindicales.
XVII. Colaborar, en lo que les competa, en los cursos de capacitación que el
SNTSA organice por sí mismo o en coordinación con la Secretaría o con otras
instancias educativas y profesionales.
XVIII. Pertenecer a la Sección sindical que les corresponda de conformidad a la
adscripción de su plaza, razón por la cual no se aceptarán cambios de Sección
sindical por motivos personales.
XIX. Firmar todas las solicitudes, peticiones y demás documentos en los cuales
trate, solicite, gestione o tramite cualquier asunto sindical, anexando copia de
identificación oficial.
XX. Cubrir su aportación al Fondo de Auxilio por Defunción.
XXI. Las demás que establezca el presente Estatuto.

TÍTULO SEGUNDO
DE LA ESTRUCTURA Y ORGANOS REPRESENTATIVOS
Y DE GOBIERNO DEL SINDICATO
CAPÍTULO PRIMERO
DE LA ESTRUCTURA DEL SINDICATO
Artículo 16.- Para la mejor atención de sus afiliados, el SNTSA se organizará
territorialmente a través de:
I. Secciones en el Distrito Federal.
II. Secciones Foráneas, y
III. Subsecciones y Delegaciones
Artículo 17.- Las Secciones en el Distrito Federal se integran con el personal adscrito a cada
una de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud en esta entidad federativa.
Artículo 18.- En cada Estado de la República existirán una o más Secciones, dependiendo
de la situación geográfica y número de afiliados. El CEN podrá crear nuevas Secciones,
desaparecer alguna de las ya existentes, o simplemente reestructurarlas, debiendo
informar de ello al Consejo.
ESTATUTO GENERAL DEL SNTSA/2 1