Programa Electoral UP AP 2014.pdf

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lema ASAMBLEA POPULAR
10. El Sistema Nacional Estatal de Educación
Pública deberá garantizar que la enseñanza
cumpla con las siguientes características:
gratuidad
obligatoriedad,
laicidad,
integralidad, universalidad y libertad de
cátedra.
11. La promoción de mujeres y hombres
solidarios y éticamente comprometidos con
sus pares, su sociedad y su tiempo será un
principio del sistema educativo, así como la
libertad de expresión y la perspectiva de
género.
12. El principio de gratuidad de la educación,
es una condición imprescindible para la
realización efectiva de la misma como bien
social público. A estos efectos el Estado
garantizará la provisión de los recursos
necesarios para permitir las mejores
condiciones para el desarrollo en calidad del
proceso educativo (en la actual coyuntura
un mínimo del 6% del PBI para la educación
pública estatal).
13. El
cumplimiento
del
principio obligatoriedad permite asegurar la
efectivización de la educación como
derecho humano fundamental.
14. El principio de laicidad permite garantizar
plenamente la independencia de la
conciencia moral y cívica del educando. La
función docente obliga a la experiencia
integral y crítica de las diversas posiciones o
tendencias que presente el estudio y la
enseñanza de la asignatura respectiva, con
respeto irrestricto a la defensa de los
derechos humanos.
15. La formación integral también incluye
la educación
física y
la formación
artística, las cuales deberán desarrollarse
desde los primeros años del sistema
educativo. La educación en derechos
humanos y la educación sexual también
deberá realizarse desde los primeros años
del sistema, y es un derecho de los
estudiantes recibirla. La formación integral
también incluye la educación en la
preservación del medio ambiente y los
ecosistemas. La educación politécnica,
laboral y política.
16. El principio de universalidad implica que el
Sistema Nacional Estatal de Educación
Pública deberá superar la fragmentación
del Sistema Educativo en su conjunto.
Deberá
constituirse en un modelo
interinstitucional de Educación, integrando
todos los órganos de la Educación Pública
en el marco de la Autonomía y el
Cogobierno; articulando una estrategia
congruente con un Proyecto Educativo,
definido y controlado por toda la sociedad.
17. El principio de libertad de cátedra implica
que el docente planificará con libertad sus
cursos, respetando los objetivos y
contenidos de los programas de estudio,
realizando una selección crítica y fundada
de los contenidos. Asimismo supone la
libertad que deben tener los educandos de
acceder a todas las fuentes de información y
cultura. Se garantizará de esta manera la
pluralidad de opiniones y la confrontación
democrática
de
las
mismas, siendo
asimismo derecho de los estudiantes que se
garantice el mismo principio a discrepar con
la opinión del docente. Se tendrá en cuenta
al educando como ser integral haciendo
hincapié en su subjetividad atendiendo a
sus necesidades afectivas y emocionales.
Otros
Se promoverá el pensamiento crítico, la toma de
decisiones y la enseñanza de la educación basada
en principios democráticos reales apuntando al
pensamiento libre de dogmas.
Educación lo más inclusiva posible de acuerdo a
las condiciones.
Reconocimiento por parte del MEC, de la carrera
de Psicología Social, que se dicte también en
forma gratuita, ya que actualmente se dicta
solamente en institutos privados. Es una carrera
técnico-terciaria, que si bien tiene acercamiento con
la sicología, tiene su especificidad y apunta al
tratamiento de problemas colectivos y del individuo
en sus relaciones sociales. Hoy se busca
psicólogos sociales, incluso en el Estado, sin
reconocerles su condición de técnicos, en lo salarial
y escalafonario.
15) SALARIO
1) Salario Mínimo Nacional de media canasta
familiar.
2) Extender el derecho al salario vacacional para
todos los trabajadores, incluso los trabajadores
del Estado.
