OGUC Diciembre 2013.pdf


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TITULO 1: DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO 1

"Crecimiento urbano por extensión": proceso de urbanización que incorpora
nuevo suelo a un centro poblado.
"Crecimiento urbano por densificación": proceso de urbanización que
incrementa la densidad de ocupación del suelo originado por la subdivisión predial
o por aumento de su población o edificación.
“Cuadra”: costado de una manzana medido entre líneas oficiales de vías vehiculares continuas.1
"Densidad": número de unidades (personas, familias, viviendas, locales, metros
cuadrados construidos, etc.), por unidad de superficie (predio, lote, manzana,
hectárea, etc.).
“Densidad bruta”: Número de unidades por unidad de superficie, en que la superficie a considerar es la del predio en que se emplaza el proyecto, más la superficie exterior, hasta el eje del espacio público adyacente, sea éste existente o
previsto en el Instrumento de Planificación Territorial, en una franja de un ancho
2
máximo de 30 m.
“Densidad neta”: Número de unidades por unidad de superficie, siendo ésta
última la del predio en que se emplaza el proyecto, descontada, en su caso, la
parte afecta a declaración de utilidad pública establecida en el respectivo Instrumento de Planificación Territorial. 2
“Depósito de vehículos”: inmueble destinado a guardar los vehículos de locomoción colectiva urbana una vez que han concluido sus servicios. 3
“Desmonte”: rebaje de terrenos no rocosos en la ladera de un cerro, que no
requiere refuerzo estructural. 1
“Distanciamiento”: distancia mínima horizontal entre el deslinde del predio y el
punto más cercano de la edificación, sin contar los elementos de techumbre en
volado, aleros, vigas, jardineras o marquesinas. 4
“Ducto” (Shaft) : conducto técnico generalmente destinado a contener las instalaciones de un edificio. 1

1
2
3
4

Modificado por D.S. 75 – D.O. 25.06.01, agrega definición.
Modificado por D.S. 75 – D.O. 25.06.01, sustituye definición.
Modificado por D.S. 270 – D.O. 06.03.04, agrega definición.
Modificado por D.S. 75 – D.O. 25.06.01; por D.S. 217 – D.O. 20.02.02, sustituye definición.

MAYO 2009

GEN. 1-7