ESTATUTOS 3 OCT 2006.pdf


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Comisión Nacional de Automovilismo Deportivo que corresponda. Asimismo, FEMADAC está
reconocida por la Federación Internacional del Automóvil (en lo sucesivo denominada FIA) y
afiliada a la Confederación Deportiva Mexicana, A.C. (en los sucesivo denominada CODEME).
Respecto de eventos internacionales y como máxima autoridad, FEMADAC apoyará, coordinará y
sancionará éstos en estrecha colaboración con el organizador o promotor de los mismos, previo
cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Estatuto y la normatividad vigente. Para
todos los efectos a que haya lugar, “Evento Internacional” significa aquel que se regula por normas
emitidas o aprobadas por la FIA o cualquier otra institución extranjera y pertenece a un
campeonato que se lleva a cabo en dos o más países.

Artículo 7.
Para la debida realización de su objeto social, en cumplimiento de la Ley General de Cultura Física
y Deporte y la normatividad que de ella deriva, FEMADAC, las Comisiones Asociadas a ella, así
como todas las personas físicas y morales afiliadas, según la actividad que realicen en el
automovilismo deportivo reconocen y se obligan a:
I.

Acatar y hacer cumplir el Estatuto y Código Deportivo de FEMADAC y las resoluciones
adoptadas según corresponda, en el seno de la Asamblea General o en el del Consejo
Directivo de FEMADAC.

II.

Velar por el cumplimiento y aplicación de los principios morales y deportivos contenidos en
los Estatutos y Reglamentos del Comité Olímpico Internacional (en lo sucesivo
denominado COI), el Comité Olímpico Mexicano, A.C. (en lo sucesivo denominado COM),
la FIA, las Comisiones Asociadas a FEMADAC y la Confederación Deportiva Mexicana,
A.C. (en lo sucesivo denominada CODEME), Incluyendo los lineamientos, acuerdos y
demás normas emitidas por esta última, el Código de Conducta para Dirigentes,
Entrenadores, Deportistas y Entes de Promoción Deportiva, así como los acuerdos
emanados del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte y de la Ley General de Cultura
Física y Deporte y su Reglamento.

III.

Rechazar y prohibir la discriminación política, racial, religiosa o de cualquier otra índole,
tanto en lo que se refiere a relaciones deportivas individuales como de grupo, aplicando los
principios mencionados en el artículo 3 y buscando siempre la unidad del automovilismo
dentro del deporte federado.

IV.

Respetar y hacer cumplir los reglamentos de los eventos sancionados por FEMADAC y/o
las Comisiones Nacionales, vigilando el estricto cumplimiento de las normas técnicodeportivas correspondientes.

V.

Autorizar la participación de pilotos mexicanos y extranjeros en competencias,
campeonatos y eventos tanto nacionales como internacionales de automovilismo que se
celebren en nuestro País.

VI.

Emitir opinión y representar al automovilismo nacional ante las autoridades federales y
locales, así como ante las entidades públicas y privadas del deporte nacionales e
internacionales.

VII.

Estudiar, adaptar y difundir los procedimientos de capacitación, enseñanza y
entrenamiento para la preparación de competidores, médicos, oficiales y otras personas
que intervengan en los eventos sancionados y/o avalados por FEMADAC y/o las
Comisiones Asociadas a ella.

VIII.

Mantener actualizado el Sistema Nacional de Registro del Deporte Federado (en lo
sucesivo denominado SIRED), mediante el uso obligatorio de las licencias deportivas y