Propuesta Ley de Demarcación y Planta 2.pdf

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prevea el mecanismo no hace sino fortalecer su vocación de actualización y, por tanto,
de permanencia.
Por lo que se refiere a la entrada en vigor de la Ley, se establece una razonable vacatio
de seis meses, que responde a la necesidad de que durante este período el Ministerio
de Justicia junto con el Consejo General del Poder Judicial, Salas de Gobierno y
Comunidades Autónomas con competencias trasferidas preparen los medios
materiales y personales para una mejor adaptación de las disposiciones normativas a
la realidad de cada instancia, territorio o localidad. De nuevo la pretensión de
estabilidad de la norma se manifiesta en este extremo, procurando un adecuado inicio
de su andadura que evite graves disfunciones posteriores a su entrada en vigor.
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