recurrir acto adminstrativo consejo fhye artahona 11.pdf

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Prof. Manuel Artahona contra la actuación administrativa irregular de la FHyE-UCV.
incurrirá en la pena correspondiente aumentada de un sexto a una tercera parte.”
Sería
condenable, irresponsable e inmoral que quien tuviere un título de Licenciado en
Bioanálisis, por ser una carrera vinculada al área de la salud, con base a ello haga
prescripción facultativa de medicamentos a pacientes, de modo similar ocurriría si
algún Licenciado en Administración con estudios de cuarto nivel en Gerencia
Hospitalaria se ponga en el caso de realizar intervenciones quirúrgicas, esto es lo que se
reclama de este Jurado y del Tutor, la cualidad y la actitud imprudente de haber
aceptado estas funciones, salvo que entonces haya habido intención oculta de infligir
daño.
7) La infracción del artículo 67 (RPDI) que dispone: “Los miembros del Jurado
Examinador podrán inhibirse o ser recusados de conformidad con el artículo 15 del presente
reglamento.”, en concomitancia con el artículo 15 (RPDI) que expresa: “Los miembros del
Jurado Examinador podrán inhibirse mediante escrito razonado, o ser recusados por los
aspirantes.” , por parte del Jurado examinador, pues, tenian la carga obligatoria legal de
inhibirse, sin que se pueda oponer como excusa el que no fueron recusados en el lapso,
la inhibicion se imponia por falta de cualidad, toda vez que desconocian el tema del
trabajo sobre el que serian Jurado tal y como lo exige el articulo 12 (RPDI) “Los Jurados
Examinadores (...) habrán de ser profesores de reconocida competencia en la materia respectiva,
(...) siempre que la materia de su competencia sea la del área o programa de investigación objeto
del concurso o afín a la misma. “, por ello resulta sospechoso que en el caso particular de la
profesora Torrealba, quien regularmente se erige como defensora de lo reglamentario no
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