MANUAL PARA EVALUAR PLANTELES (SNB).pdf

Vista previa de texto
1. Marco normativo de referencia
En este capítulo se sustraen los elementos más destacables del conjunto de acuerdos
secretariales y del Comité Directivo del SNB que conforman la normativa que le da
viabilidad operativa tanto a la RIEMS como al SNB. Cabe aquí la insoslayable
mención de que el presente Manual para evaluar planteles que solicitan el ingreso y
promoción en el SNB es un documento que se desprende de los acuerdos en cuestión y
que forma parte de esa normativa, por lo que su lectura puntual es igualmente
importante.
1.1 Acuerdos secretariales que regulan el ingreso de planteles al SNB
Conocer con detalle y a cabalidad el contenido y los alcances de la RIEMS y el SNB
es tarea obligada para quien pretenda entender las repercusiones y la
trascendencia de las decisiones, propuestas y recomendaciones que caracterizan este nuevo
paradigma de la educación media superior en México. Dicha tarea implicará la lectura
completa y la consulta reiterada de los siguientes acuerdos suscritos por el titular de la SEP
(Gobierno federal). Estos documentos pueden consultarse en las páginas www.sems.gob.mx
y www.copeems.mx.
Acuerdo 442 (DOF del 26-09-2008) por el que se establece el Sistema Nacional de
Bachillerato en un marco de diversidad.
La parte medular del Acuerdo radica en la descripción de los ejes de la RIEMS (entre
los que destaca la introducción del Marco Curricular Común) en función de las
competencias a) “genéricas”; b) “disciplinares básicas”; c) “disciplinares extendidas”
(de carácter propedéutico); y d) “profesionales” (para el trabajo).
Es relevante la frase del Acuerdo que dice “…las dos primeras competencias serán
comunes a toda la oferta académica del SNB. Por su parte, las dos últimas se podrán
definir según los objetivos específicos y las necesidades de cada subsistema e institución,
bajo los lineamientos que establezca el SNB” (artículo 2º, fracción I).
También debe destacarse el compromiso de la SEP, por medio de la Subsecretaría de
Educación Media Superior (SEMS), de promover entre los gobiernos de las entidades
federativas y las instituciones educativas su participación voluntaria en el proceso de la
RIEMS, con pleno respeto al federalismo y a la autonomía universitaria y mediante la
suscripción de los documentos jurídicos correspondientes (artículo 3º del Acuerdo).
25
