20130521Acta aprobada Junta de Gobierno Local de 21 mayo 2013.pdf

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“Se entiende por superficie construida la del suelo de la edificación por planta,
delimitada por el perímetro exterior incluidos todas las escaleras y elementos
comunes. ..... Se excluye la superficie se suelo en la que la altura libre sea inferior a
1,50 metros.”
y debe considerarse una superficie computable pues no se encuentra en ninguna de las
excepciones establecidas en el Artículo 24 de la Normativa de la Revisión del P.G.O.U
(tiene en todos sus puntos una altura libre superior a 1,50 m).
Y puesto que la forma en que se propone cubrir la terraza debe considerarse una
superficie construida y computable (cualquiera que sea su uso), el edificio de Vivienda
Unifamiliar y garaje propuesto en el proyecto Reformado supera la edificabilidad que el
planeamiento asigna a la parcela.
B.La cubrición de la terraza tal y como se describe en la documentación gráfica
presentada sobrepasa la altura máxima establecida por el planeamiento para la calle
Rinconada medida con los criterios que establece el artículo 28.2.c de la Normativa de la
Revisión del P.G.O.U. al invadir el volumen cerrado propuesto la zona delimitada por la
bisectriz del ángulo que forman la prolongación de las alineaciones exteriores y la
alineación oficial de la parcela en la calle Rinconada.
Por lo que se concluye que la forma en que se propone cubrir la terraza sobrepasa la
altura máxima establecida por le planeamiento para esta parcela en el frente de la
calle Rinconada.
e) Rectificación de error material existente en el acuerdo adoptado por la Junta de
Gobierno Local celebrada el día 28 de febrero de 2012 en relación con la licencia de
obra para legalización y rehabilitación de cubierta de edificio sito en C/Herreros nº 13,
solicitada por D. Isaías Morán Cristóbal. ACUERDOS PROCEDENTES.Habiéndose detectado un error material en el acuerdo adoptado por la Junta de
Gobierno Local celebrada el día 28 de febrero de 2012, por el que se concedió Licencia de
obra para legalización y terminación de rehabilitación de cubierta de edificio sito en C/ Herreros
nº 13
solicitada
por
D.
ISAIAS
MORÁN
CRISTÓBAL
(Parcela
Catastral
0983080TL7908S0003JR), la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros
presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal, de conformidad con los
informes obrantes en el expediente, y con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992
de 26 de noviembre, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- RECTIFICAR de oficio el error material existente en el acuerdo
adoptado por la Junta de Gobierno Local celebrada el día 28 de febrero de 2012 en relación
con la licencia de obra para legalización de rehabilitación de cubierta de edificio sito en C/
Herreros nº 13 solicitada por D. ISAIAS MORÁN CRISTÓBAL, de acuerdo al informe técnico
emitido por el Sr. Arquitecto Técnico Municipal de fecha 14 de mayo de 2013 que rectifica su
informe anterior de fecha 27 de diciembre de 2011, que, en consecuencia, pasa a quedar
como sigue:
“1º.- CONCEDER Licencia Municipal de Obra para legalización de las obras ejecutadas
y terminación de las obras pendientes de concluir de rehabilitación de cubierta de edificio sito
en C/ Herreros nº 13 (Parcela Catastral 0983080TL7908S0003JR) solicitada por D. ISAIAS
MORÁN CRISTÓBAL, con estricta sujeción al Proyecto presentado, visado por el Colegio
Oficial de Arquitectos el 27 de mayo de 2010 y a la documentación complementaria visada el
11 de abril y el 24 de octubre de 2011, bajo la dirección facultativa de los Arquitectos Dª. Greta
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