20130521Acta aprobada Junta de Gobierno Local de 21 mayo 2013.pdf


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B

C

D

Se recuerda que en el momento de destinar el local a un uso concreto deberán solicitarse
las licencias correspondientes para el ejercicio de la actividad y para la realización de las
obras necesarias para la adecuación del local, y deberá justificarse:
a
La dotación mínima de servicios sanitarios, con su vestíbulo previo, conforme a la
ordenanza del Plan General vigente en su momento.
b
El cumplimiento de los Documentos Básicos del Código Técnico de la Edificación DB
SI, seguridad en caso de incendio, DB SUA, seguridad de utilización y accesibilidad, y
cualquier otro que resulte de aplicación, con independencia de las justificaciones que
se aporten ahora.
c
El cumplimiento de cualquier otra normativa que resultase de aplicación en virtud del
uso del local.
Los plazos máximos de ejecución de las obras serán los siguientes: seis meses para el
inicio, seis meses de interrupción y DIECIOCHO meses para la finalización, contados
desde el día siguiente al de la notificación de la concesión de la Licencia Municipal de
Obras.
Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ordenanza
Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de Noviembre de 2000, tiene la
obligación de comunicar a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras, a los efectos
del control de su ejecución, debiendo disponer a pie de obra de copia autorizada de la
licencia urbanística.

Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
c) Licencia de obra para reforma y ampliación de local sin uso en C/Sol nº 34, solicitada
por D. Juan José Pérez Lorenzo. ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. JUAN JOSÉ PÉREZ
LORENZO, solicitando concesión de licencia para reforma y ampliación de local sin uso en C/
Sol nº 34 (Parcela Catastral 04890 39), la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los
miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal, y de conformidad
con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- CONCEDER Licencia Municipal de Obra a D. JUAN JOSÉ
PÉREZ LORENZO para reforma y ampliación de local sin uso en C/ Sol nº 34 (Parcela
Catastral 04890 39), con estricta sujeción al Proyecto BASICO y DE EJECUCIÓN presentado,
visado por el Colegio Oficial de Arquitectos el 11 de junio de 2010, bajo la dirección facultativa
de los arquitectos Dª. María José Duque Martín y D. Eduardo Aguirre Gutiérrez, debiendo tener
en cuenta lo siguiente:
A

B

C

La normativa urbanística que debe cumplirse, y con ella se ha revisado el proyecto, es la
Revisión del Plan General de Ordenación Urbana aprobada definitivamente en julio de
2011, y no las Normas Urbanísticas Transitorias.
En relación con el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB SI,
seguridad en caso de incendio:
a
Para evitar el riesgo de propagación horizontal de incendio, los puntos de las
fachadas que no sean al menos EI 60, deben estar separados 50 cm en proyección
horizontal según se indica en el apartado 1 de la sección SI 2.
Se recuerda que en el momento de destinar el local a un uso concreto deberán solicitarse
las licencias correspondientes para el ejercicio de la actividad y para la realización de las
obras necesarias para la adecuación del local, y deberá justificarse:
a
El cumplimiento de las condiciones del uso de la Normativa del Plan General vigente
en su momento.
b
El cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad.
c
El cumplimiento de los Documentos Básicos del Código Técnico de la Edificación DB

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