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TÍTULO III
Los derechos y deberes de los españoles.

CAPÍTULO PRIMERO
Garantías individuales y políticas.
Artículo 38º. Queda reconocido el derecho de reunirse
pacíficamente y sin armas.
Artículo 39º. Los españoles podrán asociarse o sindicarse
libremente para los distintos fines de la vida humana,
conforme a las leyes del Estado.

CAPÍTULO SEGUNDO
Familia, economía y cultura.
Artículo 46º. El trabajo, en sus diversas formas, es una
obligación social, y gozará de la protección de las leyes.

Foto: Milicianas comunistas en Asturias.

La República asegurará a todo trabajador las condiciones
necesarias de una existencia digna. Su legislación social
regulará: los casos de seguro de enfermedad, accidente, paro
forzoso, vejez, invalidez y muerte; el trabajo de las mujeres y
de los jóvenes y especialmente la protección a la maternidad;
la jornada de trabajo y el salario mínimo y familiar; las
vacaciones anuales remuneradas; las condiciones del obrero
español en el extranjero, las instituciones de cooperación; la
relación económico-jurídica de los factores que integran la
producción; la participación de los obreros en la dirección, la
administración y los beneficios de las empresas, y todo cuanto
afecte a la defensa de los trabajadores.

Foto: Barcelona agosto 1936, Robert Capa