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CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA ESPAÑOLA
España, en uso de su soberanía, y representada por las Cortes
Constituyentes, decreta y sanciona esta Constitución.
TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales.
Artículo 1º. España es una República democrática de trabajadores de toda
clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia.
Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo.
La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de
los Municipios y las Regiones.
La bandera de la República Española es roja, amarilla y morada.
Artículo
2º.
Todos
los
españoles
son
iguales
ante
la
ley.
Artículo 3º. El Estado español no tiene religión oficial.
Foto Rosita Sánchez, miliciana extremeña.