manual de desobediencia económica .pdf


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individuo pagador de IVA, a individuo que equilibra su IVA.
Otra circunstancia distinta sería la de las personas insolventes. Éstas pueden
emitir facturas por sus trabajos de forma totalmente despreocupada, porque
en el supuesto que hubiera una inspección, lo más que podrían recibir sería
una multa, la cual no tendrían forma luego de hacerles pagar. Por tanto, las
personas insolventes pueden con mayor facilidad que nadie apoyar estos procesos de reducción del pago del IVA para cooperativas y entidades con las que
colaboren.
Atención. Hay algunas pautas a seguir para que haya forma de que se derive un
riesgo penal de acciones de este tipo:
• Hace falta el documento que acredite la factura.
• Las facturas hay que emitirlas con alguien con quien realmente se colabora en alguna actividad, de forma que se pueda demostrar que la actividad
ha existido. Y deben haber transacciones económicas o declaraciones de
deuda entre las dos partes (ver gráfico en las páginas centrales).

INSUMISIÓN FISCAL TOTAL PARA HACERTE INSOLVENTE
Esta acción consiste en dejar de pagar el total de los impuestos del IRPF, del
IVA y/o todos aquellos que tengas oportunidad, como acción previa a la generación de una situación de insolvencia irrevocable.
Teniendo en cuenta que el no pago fiscal sólo es delito a partir de 120.000 euros en un año, hay mucho margen de desobediencia sin riesgos penales y para
salir del sistema apoyando un proceso amplio y masivo de autogestión social...
Además, a través de tu acción personal, podrás apoyar a otras empresas y
cooperativas que no sean insolventes, generando facturas para que les cuadren
sus cuentas. Recordando siempre que las facturas deben ser reales y ser depositadas en una cuenta. Sobretodo, alertar que el destino del dinero es la clave
sobre la cual se basa la ética de cualquier acción de este tipo y que, por tanto,
qué hacer con ese dinero es responsabilidad de cada uno.

empresas. Las sociedades cooperativas además ofrecen el refugio de la
«disposición adicional tercera». Incluso las asociaciones encuadradas en
la clave G pueden ser útiles a los colectivos libres para ciertos propósitos,
como eludir el pago de la Seguridad Social mediante la institución de
voluntariados o sortear trabas de administraciones municipales reacias a
conceder licencias de actividad.
Una cooperativa como una asociación también puede ser considerada entidad sin ánimo de lucro, sumando a las ventajas que tiene por ser cooperativa, las propias de una entidad no lucrativa. Para ello tiene que cumplir
las siguientes condiciones:
• El capital social no puede estar remunerado por encima del IPC.
• La cooperativa no puede repartir beneficios sino reinvertirlos en el
propio desarrollo de la cooperativa.
• Los socios trabajadores no pueden tener un ingreso más alto que el
150% del sueldo medio.
Dentro del modelo de transición que están desarrollando las cooperativas
integrales, la herramienta jurídica de cooperativa es un elemento estratégico, por ello a continuación vamos a profundizar más en ella.

COOPERATIVAS PARA PROTEGER LA AUTOGESTIÓN DE LA ACCIÓN DE LA
BANCA Y EL ESTADO
En el Estado español existen dos niveles de legislaciones en lo que respecta las
leyes de cooperativas: la Ley Estatal de Cooperativas y las diferentes leyes de cooperativas autonómicas (una por casi cada comunidad autónoma). Valiéndonos de
dicha legislación, constituimos cooperativas, que son las formas jurídicas existentes más versátiles y, al mismo tiempo, más coherentes con nuestros objetivos:
1. Permite la limitación de la responsabilidad civil (las deudas individuales
no pueden ser reclamadas dentro de ella y las deudas de la cooperativa no
pueden ser reclamadas individualmente a sus socios).

DE LA INSUMISIÓN FISCAL A LA AUTOGESTIÓN FISCAL

2. Los estatutos y el régimen interno permiten proteger el funcionamiento
acordado de manera horizontal y asamblearia.

Algunos de los mecanismos que aportamos en esta página se asemejan a la
picaresca que también utilizan personas para fines individualistas y de dudosa ética. Si éstos forman también parte de nuestras propuestas es porque el
calado del sistema de autogestión social que proponemos necesitará de gran

3. Permite la existencia de diferentes formas de asociación según las necesidades individuales y colectivas, así como la periodicidad y la forma de pago
de las cuotas, que no tienen por qué ser monetarias.

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