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Revista de Actualidad Jurídica “LA TRIBUNA DEL ABOGADO”

infracción penal por parte de quien, con anterioridad de la misma, ha sido
condenado por otra infracción penal”.46
Se ha cuestionado en torno a su razón de ser, afirmando que existe porque los
antecedentes penales existen y la reincidencia se ha convertido en uno de sus
efectos. Al mismo tiempo se afirma que es una reacción ante la supuesta mayor
peligrosidad en los delincuentes que vuelven a cometer delitos. Es una prueba
de fuego para el Sistema Penal, ya que su mayor o menor efectividad se mide
por ella. Se debe reconocer que sus cifras son escandalosas y revelan el poder
estigmatizante y fracaso correccionista de la pena porque demuestra que ésta
no fue capaz de disuadir al sujeto de futuras acciones delictivas y que,
socialmente, el delincuente no tuvo una alternativa distinta a la reiteración de
un delito. Lo cierto es que cada vez hay más reincidentes y mayor facilidad para
reprimirlos: “El sistema carcelario contemporáneo explican Rusche y
Kirchheimer acaba por oscilar siempre más hacia la perspectiva de su extinción
y de su transformación en instrumento del terror, ajeno definitivamente a toda
función objetiva de reeducación”.47
Su presencia en el Código Penal favorece hechos como el control llevado a cabo
por la policía que vigila más a determinados estratos porque ya han delinquido,
también favorece el trato desigual para defender a quienes carecen de medios
económicos con la dudosa calidad del defensor público quien se limita a aceptar
la acusación del Fiscal.
El delito o delitos anteriormente cometidos tienen tal fuerza que logran
únicamente prolongar una situación delictiva en aquellos que la sufren
impidiendo su reincorporación a la vida libre, tal parece que esta situación
delictiva es una instancia más de control social, con esa permanente
información y fichaje del individuo es “la importancia de la supervivencia de la
marca penal, una vez cumplida la condena, como factor que facilita el control”.48

MIR PUIG, Santiago, La Reincidencia en el Código Penal, Barcelona, 1974, pág. 7
Citados por MUÑOZ CONDE, Francisco, “La Resocialización del delincuente Análisis y Crítica de un mito”, en Cuadernos
de Política Criminal, Instituto de Criminología, No.7, Madrid, 1979.
48 GROSSO GALVAN, Manuel, Los Antecedentes Penales: Rehabilitación y Control Social, Barcelona, Bosch, 1983, pág.
3ó5
46
47

Instituto de Capacitación y Desarrollo – ICADE

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