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Revista de La
Actualidad
Jurídica
“LA
TRIBUNA
DEL ABOGADO”
Criminalización
de la
Violencia
Familiar
evidenciada en la reiteración de hechos similares que aconsejaren la fijación
más elevada de la pena, o la negativa a determinadas posibilidades como la
suspensión o sustitución de las penas que, de no mediar habitualidad, brindaría
la ley para la mitigación del rigor en la ejecución de la sentencia.
La realización de actividades de violencia, hasta crear una atmósfera
irrespirable o un clima de sistemático maltrato, se castiga no por lo que
comporta de ataque a la incolumidad física, sino por lo que tiene de violación de
deberes especiales de respeto al cónyuge y a los hijos y familiares; por lo que
supone de afectación del sentimiento de seguridad; por la nefasta incidencia en
el desarrollo de los menores que están formándose y creciendo en ese ambiente
familiar. Se trata de valores constitucionales que giran en torno a la necesidad
de protección a la familia. Poner el punto de mira en la protección de la
integridad física y considerar que estamos ante un delito especial de lesiones
agravado por la reiteración o por las relaciones con el sujeto pasivo lastrará la
interpretación del tipo. Aunque es justo reconocer que el acierto no acompañó
al legislador al elegir la colocación sistemática del precepto, dando pábulo así a
que el intérprete se vea confundido y alentando otros entendimientos que
desdibujan las relaciones de este precepto con los delitos de lesiones y provocan
una difícil convivencia de normas.
IV.
SUJETOS DEL DELITO
El círculo de posibles sujetos activo y pasivo del delito, como se comprueba del
análisis de la evolución legislativa del precepto, ha ido ampliándose
progresivamente. El tipo abarca ya casi todas las situaciones imaginables dentro
de un círculo doméstico. Sujeto activo y pasivo han de estar unidos por alguna
de las relaciones expresamente contempladas en el precepto:
i. Problemas de participación
No encuentro inconveniente para admitir al coautor, pues cuando concurren a
los maltratos dos sujetos cualificados. Es más, existiendo acuerdo o connivencia,
expresa o tácita, podrían sumarse los actos de uno y otro para apreciar la
habitualidad. Lo propio sería hablar de un único delito con dos co-autores. Un
ejemplo posible serían las violencias ejercidas indistintamente por ambos
progenitores sobre el hijo menor 9.
GARCÍA VARELA, R. "Los malos tratos en el ámbito doméstico y familiar", en Libro Homenaje a Enrique Ruiz Vadillo,
Colex, Madrid, 1999, págs. 177 y ss.
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Instituto de Capacitación y Desarrollo – ICADE
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