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Revista de Actualidad Jurídica “LA TRIBUNA DEL ABOGADO”

¿Cabría la cooperación necesaria por omisión? También creo que no es difícil
imaginar supuestos, siempre que el partícipe ostente posición de garante10.
Cuando quien contribuye con su pasividad a la persistencia de la situación de
maltrato es uno de los sujetos relacionados, será factible la condena por tal
razón siempre que se den todos los requisitos de la participación (en especial,
posibilidad de actuar, y anuencia con la conducta del autor principal) 11. En
principio me cuesta imaginar supuestos de un tercero en el que quepa apreciar
esa posición de garante y no sea uno de los sujetos especiales contemplados en
el tipo. Esta consideración hace que difícilmente pueda aparecer el extraneus
partícipe por omisión.
El problema de los terceros extranei partícipes (inductores, coautores,
cómplices...), podrá recibir distintas soluciones según la opción que se prefiera.
V.

REFLEXIONES PERSONALES

La familia es el círculo alrededor del cual nacen todas las relaciones
interpersonales de los sujetos. Es donde se aprenden las normas básicas del
comportamiento, y estaría bien saber hasta qué punto no sería lo mismo
estudiar la violencia familiar y las reacciones ante otros conflictos menos
específicos, ya que es en el "hogar" donde se inicia el aprendizaje de las
respuestas ante las conductas de los otros.
El problema de la violencia familiar late inmerso, desde nuestro punto de vista,
en un problema educacional. Y esto es así porque las agresiones maritales o a
otros miembros de la familia no persiguen otro objetivo que "imponer" la
autoridad, una autoridad basada en la falta de respeto y en la ley del más fuerte.
Por todos es sabido que el sistema patriarcal ha amparado razones
"irracionales" y ha protegido posturas indefendibles en muchas ocasiones. Las
secuelas de todo esto las padece aún la sociedad actual, provocando forzadas
justificaciones que, consciente o inconscientemente, actúan como promotoras
de la agresividad.

10

La jurisprudencia contempla casos en que se condena por los resultados lesivos en virtud de esa cooperación omisiva

En contra GARZENMULLER ROIG, ESCUDERO MORATALLA y FRIGOLA VALLINA. "La violencia doméstica.
Respuestas Jurídicas desde una perspectiva sociológica" en Actualidad Penal, n.º 16, 19 a 25 de abril de 1999 que
consideran que solo sería imputable al tercero el resultado lesivo.
11

Instituto de Capacitación y Desarrollo – ICADE

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