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Revista de Actualidad
Jurídica
“LA TRIBUNADEDEL
ABOGADO”
EL DELITO
DE FAVORECIMIENTO
FUGA

evasión está empleada, en este
artículo, en su sentido gramatical,
pero entendido que cualquiera sea
el medio, debe existir una persona
que favorezca y otra que sea la
favorecida en la acción.

entrega de una sierra por la
concubina (en forma subrepticia) al
concubino detenido, si esta acción
(no obstante la intención de la
mujer) en nada influyó en la
conducta del detenido, que si bien
trató de fugarse de su lugar de
detención, utilizando fuerza en las
cosas, mediante el aserramiento de
los barrotes de su celda, lo hizo en
forma autónoma y totalmente
desvinculada del quehacer de la
concubina”16.

Por ese motivo no comete este
delito, aquel que saca de la cárcel a
otro en contra de su voluntad. El
favorecimiento
puede
estar
constituido tanto por un hacer como
por una omisión. Para el caso de
este segundo supuesto tiene que
existir posición de garante en el
agente, de tal forma que tenga la
obligación de actuar, dando así lugar
a una omisión impropia subsumible
por este tipo legal15. Por conducta
favorecedora debe entenderse aquel
comportamiento que incide en el
curso causal de la evasión, ya sea de
un modo principal, de manera
accesoria o secundaria, aunque no
resulte decisivo para la obtención
del resultado o la perpetración de su
intento.

a.2) Sujetos
Sujeto activo puede ser cualquiera.
Al menos, la primera parte del
artículo se ubica dentro del contexto
categorial de cualquier persona. No
obstante, en la segunda parte de la
referida norma, se hace la atingencia
respecto a la condición de
funcionario o servidor público,
condición ésta última para que la
pena se agrave dada la condición
garante del sujeto de hacer cumplir
las leyes del Estado. Este último
punto es quizás el más sensible, en
la medida que los casos de
favorecimiento de evasión en la que
se han visto implicados algunos

Se ha considerado, por parte de la
jurisprudencia, que no configura
favorecimiento de evasión, sino
“una conducta atípica, el intento de
HUGO ÁLVAREZ, Jorge, Delitos contra la
Administración de Justicia, Editorial RHEUS, Lima
2004, Pág. 237.

Caso citado por DONNA, Edgardo, Derecho
Penal Parte Especial, Editorial Hammurabi, Buenos
Aires 2000, Tomo III-c, Pág. 471.

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Instituto de Capacitación y Desarrollo – ICADE

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