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Revista de Actualidad Jurídica “LA TRIBUNA DEL ABOGADO”
EL DELITO DE
FAVORECIMIENTO DE FUGA
Por: DORIS
GUTIÉRREZ CÁCERES
Asistente en Función Fiscal de la Primera Fiscalía Superior
Mixta de Ayacucho.
Sumario:
1.- Introducción; 2.- Fuentes del artículo 414; 3.- Bien jurídico protegido; 4.- Del verbo rector en el tipo; 5.- De
los medios comisivos que admite el tipo; 6.- Favorecimiento de fuga; 7.- El favorecimiento culposo de fuga; 8.Circunstancias que agravan el tipo por la calidad especial del agente.; 9.- De la sanción; 10.- Conclusiones;
11.- Bibliografía
1.
INTRODUCCIÓN
Se trata de una figura clásica, dentro
de los tipos penales, que posee un
grado de connotación mayor cuando
dicho
favorecimiento
a
facilitamiento a la evasión, se da
sobre
sujetos
delincuenciales
altamente peligrosos, por lo que la
responsabilidad penal del agente o
agentes comprometidos en el hecho
es muy grave. Pero para mayor
ahondamiento
en
el
tema,
principiemos con el análisis del
texto del Art. 414
H
a sido sintomático en
nuestro historial penal, las
evasiones
de
reos,
ayudados o facilitados en su
accionar de fuga, por agentes, tanto
públicos como particulares. Ante
estos hechos reiterativos, nuestro
Legislador Penal decidió mantener
la línea que al respecto se mantenía
ya en nuestra legislación desde el
viejo Código de 1863, replicado en
el de 1924 y vuelto a incorporar en
el de 1991.
Instituto de Capacitación y Desarrollo – ICADE
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