TSPRL,CSS,IT Jurisprudencia.pdf


Vista previa del archivo PDF tsprl-css-it-jurisprudencia.pdf


Página 1...19 20 21222398

Vista previa de texto


La jurisprudencia dels profesionales técnicos en prevención de riesgos laborales. Segundo análisis

2. Sobre el valor
probatorio de las actas de
la Inspección de Trabajo

Deben distinguirse aquí dos ámbitos
bien diferenciados en cuanto al valor
que deba otorgarse a las actas de la
Inspección de Trabajo: el ámbito administrativo sancionador y el ámbito del
derecho penal.
En el ámbito administrativo sancionador las actas de la Inspección de Trabajo gozan de presunción de certeza
respecto a los hechos reflejados en las
mismas, siempre que hayan sido constatados por el funcionario actuante y
que se extiendan conforme a los requisitos procedimentales establecidos
legalmente, según la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.
Esto, no obstante, debe ser interpretado conforme a la Constitución española

y en el conjunto de los principios que
informan el ordenamiento jurídico, de
manera que su aplicación no puede hacerse automáticamente al margen de
los derechos reconocidos en los artículos 24 y 25 de la Constitución, esencialmente el derecho a la presunción de
inocencia y el derecho de defensa. Por
ello, la presunción de veracidad que caracteriza a estas actas admite prueba en
contrario, configurada como medio de
prueba válido, pero no indiscutible, exclusivo, ni excluyente de otros medios
de prueba, de manera que puede ceder
ante ellas (S. TSJ Cataluña, Sala Social
6/09/02).
Así, según la STS (12 de octubre de
2005):