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Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad para trabajadores y
trabajadoras de Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo

de Cristo.
b. Se prohíbe entregar y recibir sobornos de cualquier tipo, y participar en cualquier tipo de acto de
cohecho; es decir, se prohíbe ofrecer, recibir o consentir dar o recibir, a un empleado público o a
cualquier persona, un beneficio indebido para ejecutar un acto de su cargo o responsabilidad, omitirlo,
infringir sus deberes o ejercer influencias.

VIII. RELACIÓN LABORAL
a. El Hogar de Cristo vela por el desarrollo de una relación laboral armoniosa y transparente acorde con
sus principios y fines.
b. Se tomarán las medidas necesarias para prevenir hechos y actividades que atenten contra la dignidad
de los trabajadores y trabajadoras, y de las personas atendidas.
c. El Hogar de Cristo cuenta con sistemas de transferencia de dinero para facilitar el pago oportuno a los
trabajadores y trabajadoras.

IX. RELACIÓN CON PROVEEDORES
a. Los que intervengan a cualquier título en decisiones sobre la contratación de suministros o servicios, o
la fijación de sus condiciones, evitarán especialmente cualquier clase de Conflictos de Interés.
b. El Hogar de Cristo mantiene procedimientos administrativos y contables que posibilitan el pago oportuno
a proveedores y proveedoras.

X. PROPIEDAD INTELECTUAL
a. Se respetarán los derechos de propiedad intelectual y el derecho de uso que corresponde al Hogar de
Cristo en relación con los cursos, proyectos, programas y sistemas informáticos; equipos, manuales y
videos; conocimientos, procesos, tecnología, know-how y, en general, las obras y trabajos desarrollados
o creados en el Hogar de Cristo, sea como consecuencia de su propia actividad profesional o de la de
terceros. Por tanto, su utilización se realizará en el ejercicio de la actividad profesional y se devolverá
todo el material en que se soporten cuando sean requeridos.
b. Lo anterior incluye el caso de transferencia de conocimientos, experiencia o materiales a otras
Fundaciones u organizaciones que comparten nuestra misión de reducir la exclusión social.

XI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES
En el evento de existir un procedimiento judicial en el que un Directivo, Directiva o Jefatura se encuentre
imputada, inculpada, acusada o condenada, y que tenga relación directa o indirecta con el desempeño de
sus funciones, deberá informar tan pronto como le sea posible al Directorio, o a su respectiva jefatura y a la
Dirección de Personas, según corresponda, a fin de tomar las medidas que se estime pertinentes.

XII. ACTIVIDADES POLÍTICAS O ASOCIATIVAS INCOMPATIBLES
a. La vinculación, pertenencia, servicios o colaboración con partidos políticos u otro tipo de entidades,
instituciones o asociaciones debe hacerse de manera tal que quede claro su carácter personal, evitando

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