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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
administrativo emitido por Vial
Vialidad de San
Diego
Instituto
Autónomo
Municipal
(VIALSANDI I.A.M.) que valida la prestación
del servicio del transporte terrestre público o
privado de pasajeros, a través de la explotación
de una ruta urbana, suburbana o interurbana
dentro del Municipio San Diego.
Permiso Provisional para la Prestación del
Servicio de Transporte Terrestre de Pasajeros:
Acto administrativo de carácter temporal,
emitido por Vialidad de San Diego Instituto
Autónomo Municipal (VIALSANDI I.A.M.)
para la prestación del servicio del transporte
terrestre público o privado de pasajeros, a
través de la explotación de una ruta urbana,
suburbana o interurbana dentro del Municipio
San Diego.
Conductor: Persona responsable de conducir el
transporte con el fin de trasladar a los usuarios
y de mantener el orden y la seguridad en el
mismo, en el caso que no lleve acompañante.
Transporte Escolar: Vehículo destinado al
transporte de estudiantes de maternal,
preescolar, básico y diversificado.
Servicio de Transporte Escolar: Es el servicio
de traslado de estudiantes desde su hogar hasta
el centro escolar y viceversa, y de allí al lugar
donde se desarrollen las demás actividades que
la institución programe.
Transporte Público: aquel servicio prestado por
el Municipio,
pio, persona jurídica o nat
natural,
mediante el cual se materializa el traslado
efectivo de personas dentro del Municipio San
Diego o cuya trayectoria se incorpora en dicha
jurisdicción.
Vehículo: Medio de transporte de cualquier
tipo o forma, que permite el traslado de un
lugar a otro de cargas o personas.
Propietario del Vehículo
Vehículo: Personal natural o
jurídica autorizada para realizar el servicio.

Unidad de Transporte: Vehículo automotor
utilizado para el traslado de un lugar a otro de
personas.
TÍTULO II
DE VIALIDAD DE SAN DIEG
DIEGO
INSTITUTO AUTÓNOMO
MUNICIPAL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
De la Autoridad Municipal Competente
ARTÍCULO 4.4. Vialidad de San Diego
Instituto Autónomo Municipal (VIALSANDI
I.A.M.) será el ente encargado de la ejecución
de las actividades previstas en la presente
Ordenanza, correspondientes al desarrollo de
las políticas, controles y vigilancia sobre
vialidad, tránsito, circulación, transporte
público urbano de pasajeros y transporte
escolar en el Municipio San Diego del Estado
Carabobo.
onalidad Jurídica
De la Personalidad
ARTÍCULO 5.5. Vialidad de San Diego
Instituto Autónomo Municipal (VIALSANDI
I.A.M.) posee personalidad jurídica y
patrimonio propio, distinto e independiente del
Fisco Municipal. A tales efectos y dada su
cualidad de instituto autónomo, go
goza de
autonomía
orgánica
y
funcional
de
conformidad con lo establecido en la
legislación
venezolana
vigente
y
específicamente en los términos dispuestos en
esta Ordenanza.
Competencias de Vialsandi (I.A.M)
ARTÍCULO 6.6. Vialidad de San Diego
Instituto Autónomo
Autónomo Municipal (VIALSANDI
I.A.M.), tendrá las siguientes competencias:
1.

Vigilar, controlar e inspeccionar todo lo
relacionado con la vialidad urbana,
circulación y ordenación del tránsito de
vehículos y personas en las vías
municipales, incluidos los tr
transportes
escolares, el servicio de transporte
público por puesto y colectivo de
pasajeros y su integración con los
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