ORD. DE REFORMA DE ASEO URBANO 2016.pdf


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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
ESTADO CARABOBO
MUNICIPIO SAN DIEGO
EL CONCEJO MUNICIPAL DE
SAN DIEGO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
LEGALES,
SANCIONA LA SIGUIENTE
REFORMA PARCIAL A LA
ORDENANZA SOBRE EL SERVICIO DE
ASEO URBANO DOMICILIARIO
DEL MUNICIPIO SAN DIEGO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El impacto económico de esta reforma, estriba
en el incremento propuesto para adecuar el
cobro de las tasas derivadas por los servicios
de Aseo Urbano en el Municipio, con los
factores de entorno macroeconómico, que
explican dicho ajuste con el propósito de
adecuar el mismo a los niveles elementales
que propendan a garantizar el sano equilibrio
económico financiero, a fin de garantizar la
continuidad en la construcción y mejoras de
obras, servicios y adquisición de bienes para
cumplir efectivamente con todo
todos los
procedimientos requeridos con la intención de
garantizar la prosecución en la prestación de
estos servicios.
Las tarifas para prestar el servicio de aseo
urbano, se encuentran afectadas por las
dinámicas
propias
de
la
distorsión
inflacionaria que atraviesa
traviesa el país, distorsión
esta que no fue reconocida por el órgano rector
de la política monetaria nacional (BCV
(BCV).
Enn un entorno altamente inflacionario, resultan
difíciles de adecuar, si a esto se le asume que el
factor de cálculo para los ingresos basados en la
conducta interanual de la unidad tributaria,
como medida de valor, que permite equiparar y
actualizar la realidad
lidad inflacionaria con los

montos de recaudación, se encuentra
abiertamente desfasada de la realidad
inflacionaria presentada hasta el tercer trimestre
del 2015, por el órgano rector de la política
monetaria.
Por
tales
razones
resulta
impostergable la determinación
erminación de un ajuste al
monto de las tarifas.
Por tales razones resulta impostergable la
determinación de un ajuste al monto de las
tarifas y see plantea este proyecto de ajuste a las
tasas para la presentación del Servicio de Aseo
Urbano en el Municipio
io San Diego.
ARTÍCULO 1.- Se modifica el contenido del
artículo 25 de la Ordenanza sobre el Servicio
de Aseo Urbano Domiciliario del Municipio
San Diego,, quedando redactado de la siguiente
manera:
De la Tasa Mensual Individual
para los Usuarios Residenciales

ARTÍCULO 25.- Se fija una tasa mensual
individual por la prestación de servicio de aseo
urbano de recolección domiciliaria, a los
usuarios residenciales o habitacionales, que se
denominará tarifa residencial, la cual se
calcula fundamentada en un coeficiente
aplicado a la unidad tributaria
ributaria vigente,
tomando como base la estructura económica
de la zona residencial, frecuencia del servicio,
tipo de equipo, distancia hacia la disposición
final y los riesgos que conlleva la recolección
reco
de los residuos y desechos sólidos, bajo la
siguiente determinación o clasificación por
zonas y por tipo de edificación:
TARIFA DOMICILIARIA
MUNICIPIO SAN DIEGO
TARIFA
Unidad
SECTOR
Tributaria
ZONA I
Las Mercedes, Minigranjas San
Diego,
Valle
Fresco,
Las
Morochas, Villa Jardín, La
2.16
Lopera, Villas de San Diego,
Villas de San Diego Country
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