Estatutos Asociacion 501 U.A.R.pdf


Vista previa del archivo PDF estatutos-asociacion-501-u-a-r.pdf


Página 1...3 4 56717

Vista previa de texto


2.1

Las Asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente
constituidas, previa convocatoria efectuada con una antelación de quince días,
cuando concurran a ellas, presentes o representados, un tercio de los socios con
derecho a voto; en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de socios con
derecho a voto.
Para el cómputo de socios o número de votos total, las representaciones
habrán de presentarse ante la persona que ostente la Secretaría con inmediación al
inicio de la sesión.---------Las personas titulares de la presidencia y la secretaría de la Asamblea serán
designadas al inicio de la reunión.-------------------------------------------------------------------------------------------Artº 13º.- FORMA DE DELIBERAR Y ADOPCION DE ACUERDOS
Todos los asuntos se debatirán y votarán de conforme figuren en el orden del
día. La persona que ostente la presidencia iniciará el debate, abriendo un primer
turno de intervenciones en el que se hará uso de la palabra previa su autorización.
Esta persona moderará los debates, pudiendo abrir un segundo turno de
intervenciones o conceder las palabras por alusiones.
Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de las
personas presentes o representadas, cuando los votos afirmativos superen a los
negativos.------------------------------------------------------------------------------------------No obstante, requerirán mayoría cualificada de las personas presentes o
representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad, los
acuerdos relativos a disolución de la asociación, modificación de los Estatutos,
disposición o enajenación de bienes y remuneración de las personas que formen parte
de la Junta Directiva.-----------------------------------------------------------------------------------------Los acuerdos de la Asamblea General que afecten a la denominación de la
Asociación, domicilio, fines y actividades estatutarias, ámbito de actuación,
designación de las personas que formen parte de la Junta Directiva, apertura y cierre
de delegaciones, constitución de federaciones, confederaciones y uniones, disolución,
o los de modificaciones estatutarias, se comunicarán al Registro de Asociaciones para
su inscripción, en el plazo de un mes desde que se produzca el acuerdo.---------------Artº 14º.- DELEGACIONES DE VOTO O REPRESENTACIONES.
La representación o delegación de voto sólo será válida para la sesión o
convocatoria por la que se expida, siendo nula cualquier delegación o representación
indefinida.-----------------------------------------------------------------------------------------Habrá de hacerse constar por escrito, con indicación de los datos personales y
número de socio ó socia de la persona delegante y de la persona representada, y
firmada y rubricada por ambas.------

5

adplus-dvertising