Estatutos Consejo Municipal de la Mujer Ayto. Zamora.pdf


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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZAMORA

h) Informar a los Consejos Sectoriales de las propuestas de los Planes y Programas de
Actuación que afecten a su ámbito.
i) Elevar a los órganos municipales que correspondan las propuestas del Consejo.
j) Cuantas otras se le otorguen en el presente Estatuto.
Artículo 12. La Vicepresidencia.
1. El Consejo dispondrá de un Vicepresidente o Vicepresidenta que será elegido/a entre los
miembros de pleno derecho del Consejo.
2. Sus funciones son:
a) Sustituir al Presidente o Presidenta en los supuestos de vacante, ausencia o
enfermedad.
b) Ejercer las funciones que expresamente le delegue el Presidente o Presidenta o el
Pleno del Consejo.
c) Colaborar estrechamente con el Presidente o Presidenta en el cumplimiento de las
funciones de éste/a en el seno de la comisión Permanente.
d) Las demás funciones que le encomiende el presente reglamento.
Artículo 13. El Pleno.
1. El Pleno del Consejo es el órgano de decisión y formación de la voluntad del
Consejo. Está integrado por la totalidad de sus miembros de pleno derecho, bajo la dirección
del Presidente o Presidenta, ajustándose en su funcionamiento a las normas y competencias
que se establecen en este Estatuto.
2. Al Pleno del Consejo le competen las siguientes funciones:
a) Presentar iniciativas, sugerencias y propuestas para ser debatidas en los órganos
municipales correspondientes, incluidos los de contenido económico.
b) Informar al Ayuntamiento a requerimiento de éste sobre materias que afecten al
Consejo.
c) Proponer conjuntamente soluciones a problemas del sector de actividad que
correspondan al Consejo.
d) Colaborar en los estudios y elaboración de programas, proyectos y disposiciones
generales del sector.
e) Elaborar el programa de actuación y el presupuesto del sector correspondiente, en
las materias objeto del Consejo.
ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER

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