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8.

El 19 de agosto de 2015, se recibió en Oficialía de Partes de este Instituto, el escrito

signado por quien se desempeña como Titular de la Unidad de Acceso a la Información, a
través del cual rindió el informe de hechos relativo al recurso de revisión que nos atañe,
acompañado del original y copia del expediente formado con motivo de la solicitud que
le dio origen.

9.

Igualmente, en propia fecha el Secretario Ejecutivo de este Órgano Garante, levantó

constancia del cotejo que hizo a las documentales aportadas por el Sujeto Obligado
(quedando en autos las copias simples cotejadas), mismas que ofreció como prueba.

10.

Por acuerdo del 31 de agosto de 2015, se ordenó agregar a los autos el informe de

hechos en comento, además de que se tuvieron por admitidas y desahogadas las pruebas
documentales aportadas en este asunto, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento de
la Ley de la materia, en conexión con el numeral 5; fracción III de la Ley que nos aplica. Al no
existir trámite por desahogar, se ordenó proceder al sorteo previsto en el artículo 12, del
Reglamento Interior del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información
Pública.

11.

Este acuerdo se notificó a las partes a través de los estrados físicos de la Unidad de

Acceso a la Información de este Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, en la propia fecha de su emisión.

12.

En sesión ordinaria del Pleno de este Instituto del 09 de septiembre de 2015, se

efectuó el sorteo del presente expediente, correspondiendo a la ponencia del Consejero
José Antonio Bojórquez Pereznieto la elaboración del proyecto de resolución respectivo; y

CONSIDERANDO
I. El Pleno del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es
competente para conocer y resolver el recurso de revisión, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 6, párrafo cuarto, apartado A, fracción IV de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 4 Bis, fracción VI de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Tabasco; 23, fracción III, 59, 60, 62, 63, 67 y 68 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco; 51, 52, 53, 54, 63 y demás aplicables
del Reglamento de la ley citada; y 22, fracción VI del Reglamento Interior de este Instituto.

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07/OCTUBRE/2015

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