Bases del Mercado Eléctrico.pdf


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Energías Limpias no tiene impacto en los cargos potenciales estimados, dado que dicho mercado
sólo permitirá la venta de cantidades que los Participantes del Mercado tengan disponibles.
(f) Los cargos potenciales estimados para los Participantes del Mercado respecto a su participación
en las Subastas de Mediano y Largo Plazo corresponderán al valor de las garantías de seriedad que
cada uno de ellos deba otorgar para participar en dichas subastas en los términos de las bases o
reglas correspondientes. Estos cargos potenciales estimados se eliminarán de la Responsabilidad
Estimada Agregada de los Participantes del Mercado en caso de que la subasta se adjudique sin
seleccionar la oferta en cuestión, o bien, una vez que se celebre el Contrato de Cobertura Eléctrica
derivada de la oferta en cuestión. El cumplimiento de las obligaciones que los participantes asuman
en los contratos celebrados a través de esas subastas deberá garantizarse en los términos que
prevean las reglas correspondientes y los propios contratos, y por lo tanto no formarán parte la
Responsabilidad Estimada Agregada de los Participantes del Mercado.
(g) Los cargos potenciales estimados para los Participantes del Mercado respecto a su participación
en las Subastas de Derechos Financieros de Transmisión corresponderán al valor total de las ofertas
que realice cada uno de ellos para adquirir Derechos Financieros de Transmisión en esas subastas,
más un margen de volatilidad por definirse en el Manual de Prácticas de Mercado correspondiente.
No se permitirán ofertas en las Subastas de Derechos Financieros de Transmisión cuando el
Participante del Mercado no cuente con
un Monto Garantizado de Pago suficiente para cubrir el incremento en su Responsabilidad Estimada
Agregada que resultaría de dichas ofertas. Por lo que respecta a la tenencia de Derechos
Financieros de Transmisión derivados de las subastas, los cargos potenciales estimados para los
Participantes del Mercado corresponderán al valor esperado de los pagos que deba realizar al
CENACE por ser titular de esos derechos más un margen de volatilidad, de acuerdo con lo previsto
en el Manual de Prácticas de Mercado correspondiente.
(h)
Los cargos potenciales estimados para los Participantes del Mercado respecto a las
Transacciones Bilaterales Financieras y Transacciones Bilaterales de Potencia serán calculados
conforme a lo siguiente:
(i) Un Transacción Bilateral Financiera o Transacción Bilateral de Potencia resultará en un aumento
a los cargos potenciales estimados del Participante del Mercado considerado emisor y resultará en
una disminución del mismo monto a los cargos potenciales estimados del Participante de Mercado
considerado adquiriente.
(ii)
El efecto en los cargos potenciales estimados que resulte de Transacciones Bilaterales
Financieras se valorará al promedio histórico de los precios de los productos en el Mercado del Día
en Adelanto o el Mercado de Tiempo Real, según corresponda.
(iii) Para estimar la cantidad del producto a liquidarse cuando la Transacción Bilateral Financiera
establece una cantidad con base en una fórmula, se utilizará la cantidad estimada señalada en la
transacción.
(iv)
No se permitirá la programación de Transacciones Bilaterales Financieras cuando los
Participantes del Mercado no cuenten con un Monto Garantizado de Pago suficiente para cubrir el
incremento en su Responsabilidad Estimada Agregada que resultaría de dichas transacciones.