Bases del Mercado Eléctrico.pdf

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Su función se coordina con la operación de los Esquemas de Acción Remedial, los cuales aíslan uno
o varios elementos del Sistema Eléctrico Nacional cuando se tiene una condición de emergencia
focalizada en la red.
2.1.51
Etiquetas Electrónicas: Registro de una transacción física de energía o Servicios Conexos,
creado conforme a los estándares del North American Electric Reliability Corporation (NERC) o su
equivalente en el Mercado Eléctrico Mayorista. Las etiquetas electrónicas sólo se usarán para
identificar programas de importación o exportación.
2.1.52
Flujos Óptimos de Potencia: Software utilizado por el CENACE o bien, el proceso realizado
a través de él, para determinar el despacho óptimo de los recursos de generación y el cálculo de
precios nodales.
2.1.53
Fondo de Capital de Trabajo: Cuenta financiera, administrada por el CENACE, con la
finalidad de gestionar el capital de trabajo que se deriva del ciclo de facturación.
2.1.54
Garantía de Cumplimiento Básica: La garantía de cumplimiento que deberán presentar los
interesados en participar en el Mercado Eléctrico Mayorista en los términos del artículo 98 de la Ley,
la cual deberá cumplir con los requisitos de forma y monto que se establezcan en el Manual de
Prácticas de Mercado correspondiente.
2.1.55
Garantía de Suficiencia de Ingresos en el Mercado de Tiempo Real: En el mercado de
PRIMERA ETAPA, los pagos del CENACE a los Generadores que abarcan los causales
considerados en:
(a) la Garantía de Suficiencia de Ingresos por Asignación de Generación en el Mercado de Tiempo
Real;
(b) la porción de Garantía de Suficiencia de Ingresos por Despacho de Generación asociada con
costos de operación mayores al precio del mercado; y,
(c)
la Garantía de Suficiencia de Ingresos por Instrucción de Paro Anticipado.
2.1.56
Garantía de Suficiencia de Ingresos en el Mercado del Día en Adelanto: Los pagos del
CENACE a los Generadores que abarcan los causales considerados en la Garantía de Suficiencia
de Ingresos por Asignación de Generación en el Mercado del Día en Adelanto, aplicados tanto en el
mercado de PRIMERA ETAPA como en el mercado de SEGUNDA ETAPA.
2.1.57
Garantía de Suficiencia de Ingresos por Asignación de Generación: En el mercado de
SEGUNDA ETAPA, pagos del CENACE a los Generadores para garantizar la recuperación de
costos incurridos en la puesta en marcha y operación en vacío cuando las Unidades de Central
Eléctrica se obligan a operar por instrucciones del CENACE. Se calcula por separado en el Mercado
de Energía de Corto Plazo.
2.1.58
Garantía de Suficiencia de Ingresos por Despacho de Generación: En el mercado de
SEGUNDA ETAPA, pagos del CENACE a los Generadores para garantizar la recuperación de
costos de oportunidad o costos de operación mayores al precio de mercado cuando las Unidades de
