Programa Científico de doctorado en DERECHO CONSTITUCIONAL .pdf


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PROGRAMA CIENTÍFICO DE
DOCTORADO EN DERECHO

CONSTITUCIONAL

Artículo 8. Una Comisión de alto nivel científico calificará el Plan de Tesis
Doctoral, y los 20 aspirantes que logren el mayor puntaje serán admitidos, a quienes se
les entregará un documento que acredite su condición de doctorantes del Programa.
CAPÍTULO IV
DE LOS SEMINARIOS
Artículo 9. Los Seminarios por su naturaleza constituyen espacios de
confrontación de ideas, bajo la dirección de un investigador del más alto nivel
científico, porque supone que los doctorantes tienen que asistir previo estudio e
investigación sobre los tópicos que ha de abordar el evento.
Artículo 10. Los Seminarios, en este programa doctoral, fuera de constituir
un método pedagógico son espacios de construcción de la comunidad científica,
donde se impondrá como la praxis cotidiana criticar y ser criticado, tarea científica
permanente en la búsqueda del nuevo conocimiento.
Artículo 11. Para cumplir los propósitos anteriores se programará en el curso
de los seis semestres y, para que sea un componente útil, se desarrollará hasta dos
Seminarios como máximo en un semestre. No se trata de clases magistrales sino
de encuentros para someter a la crítica los avances de la investigación, con claro
propósito de enseñar y aprender.
CAPÍTULO V
DEL TRABAJO DE CAMPO
Artículo 12. El trabajo de campo es de gran importancia como acercamiento
práctico al objeto de estudio, por lo que tiene que ser planificado y debidamente
sujeto a un seguimiento permanente.
Artículo 13. Para garantizar el trabajo del doctorante, se suscribirán convenios
con las instituciones donde tenga que realizar sus actividades investigativas, cuyos
resultados serán informados periódicamente al Comité Académico.
CAPÍTULO VI
DE LAS PUBLICACIONES
Artículo 14. La publicación de dos artículos científicos en revistas
internacionales indexadas es de vital importancia, porque es la forma de acreditar
el nivel científico de la tesis. Es una exigencia que se impone a nivel internacional
como parámetro de calidad, y la Universidad Andina, como institución de naturaleza
internacional, no puede sustraerse a esa realidad científica y tecnológica.
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